El reparto de utilidades es un derecho establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT) que obliga a las empresas en México a compartir una parte de sus ganancias anuales con sus trabajadores. Este reparto debe realizarse durante los meses de mayo y junio si la empresa generó ingresos anuales superiores a 300 mil pesos y no se encuentra dentro de las excepciones legales.
¿Qué puedo hacer si no recibí mi pago de utilidades?
Si concluye el periodo de reparto y no has recibido tu parte de las utilidades, o si la cantidad recibida es incorrecta, aquí tienes algunas acciones que puedes tomar:
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1. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es tu primera línea de ayuda. Puedes levantar una queja con ellos, y están obligados a resolverla en un plazo relativamente corto. Profedet verificará si tu empleador debía realizar el reparto de utilidades y, de ser así, por qué no se ha efectuado correctamente.
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Puedes comunicarte con Profedet a través de sus teléfonos gratuitos 018007172942 y 018009117877, o por correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx. También tienen oficinas en 48 ubicaciones en todo el país y presencia en redes sociales.
Si Profedet no resuelve tu caso o prefieres una acción más directa, puedes presentar una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje. Esta es una opción para exigir el cumplimiento de la obligación de reparto de utilidades por parte de tu empleador.
¿Quiénes deben recibir el reparto de utilidades?
La prestación aplica para los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en el ejercicio fiscal correspondiente, en empresas que reporten utilidades netas de al menos 300 mil pesos y tengan más de un año de operaciones.
No todos los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades. Están excluidos los trabajadores domésticos, directores, administradores, gerentes generales, y aquellos profesionales que trabajen por honorarios sin una relación de subordinación.
¿Hasta cuándo es la fecha límite para recibir mis utilidades?
Los trabajadores tienen un año, a partir del día siguiente a la fecha límite de reparto (30 de mayo para empresas y 30 de junio para patrones individuales), para reclamar el pago de utilidades. Las empresas que incumplen esta obligación se enfrentan a multas que van desde los 50 hasta los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo establecido por la LFT.
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