Con mayo a la vuelta de la esquina, surge una pregunta común entre los adultos mayores beneficiarios de la Pensión IMSS e ISSSTE: ¿Tienen derecho a recibir el pago de utilidades este 2024 a partir de abril? Aunque los jubilados gozan de ciertas prestaciones como el aguinaldo, el panorama respecto al reparto de utilidades parece ser distinto.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que beneficia a los trabajadores en activo, permitiendo que reciban una parte de las ganancias generadas por la empresa para la cual trabajan. Este proceso tiene fechas límites específicas, para empleados de personas morales (empresas) el límite es el 30 de mayo, mientras que para los que trabajan para personas físicas (patrones individuales) la fecha límite es el 29 de junio.
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Jubilados y el reparto de utilidades
Para los jubilados de la Pensión IMSS e ISSSTE, la situación es clara, pues no tienen derecho a recibir el pago de utilidades. Al no estar en activo dentro de la fuerza laboral y no contar con un patrón o estar registrados en una empresa, este beneficio no les corresponde. Es importante recalcar que, así como los jubilados, existen otros grupos de trabajadores activos que tampoco son elegibles para recibir utilidades, incluyendo directores, administradores, gerentes, socios o accionistas, trabajadores eventuales y domésticos, entre otros.
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El monto que recibe cada trabajador elegible bajo este derecho depende directamente de las ganancias que declare la empresa o el patrón. Esto significa que el reparto puede variar significativamente de un año a otro, reflejando el panorama financiero o las dificultades que haya enfrentado la entidad empleadora durante el periodo fiscal anterior.
Los jubilados del IMSS e ISSSTE no deberían esperar recibir pagos por concepto de utilidades a partir de abril o en cualquier otro momento del año 2024, dado que este beneficio está diseñado exclusivamente para aquellos que actualmente forman parte de la fuerza laboral y cumplen con ciertos criterios establecidos por la ley.
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