En los últimos días, los adultos mayores han quedado sorprendidos después de que se reportara la información sobre que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado sus medidas con respecto al pago de impuestos lo que ha llevado a visitas domiciliarias con el objetivo de verificar que se haya cumplido con esta obligación fiscal.
Esto ha llevado a muchos adultos mayores que reciben sus pensiones del ISSSTE o IMSS a temer por supuestas sanciones hechas por el SAT al visitar sus domicilios, por lo que ahora esta institución ha lanzado un importante anunció a todas las personas de la tercera edad preocupada por el pago de impuestos.
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Tras la circulación de esta información en varios medios de comunicación, el SAT afirmó que los adultos mayores que cobran su pensión IMSS o ISSSTE pueden estar tranquilos, pues actualmente no existe un operativo de visitas enfocadas a un régimen o tipo de contribuyente específico, lo que incluye a los jubilados.
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En su tarjeta informativa, la institución destacó que los adultos mayores jubilados no son un sector prioritario de revisión, y aunque estas revisiones existen, solo aplican a casos excepcionales, por lo que se destacó que es mentira que a partir del mes de junio hayan iniciado con las visitas domiciliarias masivas para imponer multas a los contribuyentes que no hayan cumplido con esta obligación fiscal.
Es por ello que se invita a los adultos mayores a mantenerse informados por medios oficiales del SAT y otras instituciones para evitar confusiones, a la vez de que invitan a la población a permanecer tranquila con respecto a las supuestas multas a domicilio.
¿Qué jubilados están obligados a declarar ante el SAT?
Ante la duda, algunos adultos mayores se han preguntado si deben pagar impuestos y en qué casos deben presentar su declaración anual, por lo que a continuación, en Heraldo Binario, te explicamos que los jubilados deben realizar esta obligación fiscal. De acuerdo al SAT, los jubilados que deben presentar su declaración anual, son aquellos que cumplan con algunas características específicas, por lo que si tu cumples con los siguientes debes presentar tu declaración anual.
- Aquellos adultos mayores cuyos ingresos superen los 400 mil pesos anuales
- En caso de recibir dos o más pensiones simultáneas, por ejemplo, del IMSS e ISSSTE, incluso si la suma no rebasa los 400 mil pesos.
- En caso de recibir otros ingresos, además de la pensión, como arrendamiento de bienes inmuebles, actividades profesionales o empresariales, intereses bancarios o dividendos, compra o venta de bienes, entre otros.
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