AFORE

¿Qué pasa con la AFORE si no la reclamas después de 10 años de que son exigibles?

Los fondos administrados por las Afores no prescriben, lo que significa que el trabajador siempre mantiene el derecho sobre ellos

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La Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (Consar) ha puesto a disposición del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una suma considerable de fondos que pertenecen a las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) de trabajadores fallecidos o que no han retirado su dinero después de alcanzar la edad de retiro. Según información obtenida mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), este monto asciende a 946 millones 176,783.51 pesos, distribuidos en 265,785 cuentas de afores.

¿La AFORE caduca si no la reclamas?

La Ley del Seguro Social establece que el derecho del trabajador o pensionado, así como de sus beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de RCV es imprescriptible. Sin embargo, si han pasado 10 años sin que la cuenta sea reclamada, el IMSS puede disponer de dichos recursos. Esto implica que, aunque el derecho no prescribe, el IMSS puede administrar los fondos en caso de inactividad por parte del titular o sus beneficiarios.

Hasta el momento, de las cuentas puestas a disposición del IMSS, solo 257 han sido reclamadas para la devolución de los recursos, con un monto devuelto de 14 millones 598,994.81 pesos, lo que representa solo el 1.5% del total disponible.

Guillermo Zamarripa, presidente de la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), señaló que el IMSS puede tomar los ahorros de un trabajador pero debe devolverlos si hay un reclamo. La ley establece que el ahorro es imprescriptible, lo que significa que el trabajador o sus beneficiarios pueden reclamar los fondos en cualquier momento.

Julio Cervantes Parra, presidente de la Consar, instó a los trabajadores a registrar a sus beneficiarios, ya que los recursos de la cuenta se entregan a ellos. Además, aseguró que la ley prevé un análisis administrativo de las cuentas después de un largo período de inactividad para evitar que los fondos queden varados en el sistema.

Es importante destacar que los fondos de AFORE no prescriben, lo que significa que el trabajador siempre conserva el derecho sobre ellos y puede reclamarlos en cualquier momento. Incluso, si pasan años sin actividad, los recursos no se pierden y pueden ser recuperados por el titular o sus beneficiarios.

Por otro lado, la iniciativa de reforma al sistema de pensiones propone la creación de un Fondo de Bienestar para Pensiones, que estaría compuesto, entre otros, por los recursos de las afores de trabajadores de 70 años y más que no hayan reclamado su dinero. Esto busca garantizar que los trabajadores reciban el 100% de su último salario como pensión, limitado a cierta cantidad, y que los recursos no reclamados sean utilizados para este fin.

Los fondos de AFORE no caducan, pero pueden ser administrados por el IMSS en caso de inactividad por parte del titular o sus beneficiarios. Sin embargo, el derecho sobre los fondos permanece, y estos pueden ser reclamados en cualquier momento.

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