¿Alguna vez has escuchado sobre el pago de marcha? Este es un apoyo económico que otorga la Secretaría del Bienestar en los programas sociales de la Pensión del Bienestar para las Personas Adultas Mayores, así como para las Personas con Discapacidad y para la Pensión Mujeres Bienestar. A continuación, te detallamos qué es esta ayuda económica y cuáles son los montos anunciados para este 2025.
El pago de marcha es el apoyo económico que la persona adulta auxiliar puede solicitar en caso del fallecimiento de el o la beneficiaria de los programas sociales que ya te mencionamos (adultos mayores, personas con discapacidad o Mujeres Bienestar). Es importante notificar el deceso llamando al número telefónico: 800 639 4264.
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Hasta el año pasado el pago de marcha únicamente se otorgaba a la persona auxiliar del beneficiario de la Pensión del Bienestar para las Personas Adultas Mayores o de la Pensión del Bienestar para las Personas con Discapacidad, pero a partir de 2025 también se entrega a las beneficiarias de la Pensión Mujeres Bienestar; el nuevo programa social creado por la presidenta Claudia Sheinbaum que se otorga a mujeres de 63 y 64 años de edad en todo el país, salvo en zonas indígenas o afromexicanas, donde se entrega a las mujeres de 60 a 64 años.
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¿Cómo solicitar el pago de marcha en 2025?
De acuerdo con lo informado en la página web oficial de los Programas para el Bienestar, el pago de marcha debe ser solicitado por la persona auxiliar notificando el fallecimiento de la beneficiaria de la Pensión Mujeres Bienestar, de la Pensión de Adultos Mayores o de la Pensión para Personas con Discapacidad a través de la Línea del Bienestar (800 639 42 64) en un horario de 08:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 09:00 a 19:00 horas durante los fines de semana y los días de asueto.
En la llamada, el servidor de la nación solicitará los datos personales de la persona auxiliar, así como los de la o el derechohabiente. Entre los que se piden están algunos como el acta de defunción y la constancia médica del deceso emitida por alguna institución pública, por lo que es importante tener a la mano ambos documentos.
En la misma llamada se le darán las instrucciones a la persona auxiliar para recibir el pago de marcha. De acuerdo con la página web de Programas del Bienestar, la notificación del deceso deberá hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento para poder recibir este apoyo económico. De no hacerse en el límite de tiempo establecido se perderá el derecho a acceder a esta ayuda económica. Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.
¿De cuánto es el apoyo por el pago de marcha en 2025?
- Pensión para adultos mayores: 3,100 pesos
- Pensión para personas con discapacidad: 1,600 pesos
- Pensión Mujeres Bienestar: 1,500 pesos
¿Cómo registrar a una persona auxiliar?
De acuerdo con las reglas de operación, únicamente se puede entregar el pago de marcha a las personas auxiliares; es decir, si la o el beneficiario nunca registraron a uno no se podrá acceder a este apoyo económico.
Por ello, si recibes la pensión Mujeres Bienestar, la de adultos mayores o de personas con discapacidad y aún no tienes registrado a tu persona auxiliar es importante que lo des de alta; puede ser un familiar tuyo o no. Una vez que hayas decidido quién será deberás llamar a la Línea del Bienestar para proporcionar los siguientes datos de ambas personas:
- Direcciones de domicilios
- Claves de elector
- Números de contacto
"Tener registrada a una persona auxiliar sirve para que ésta puede acudir en representación de la o el derechohabiente a realizar cualquier trámite relacionado con la pensión que recibe y sólo ella recibirá el pago de marcha en caso de fallecimiento"; se lee en la página web oficial de los Programas del Bienestar.
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