¡Aguas con el SAT! El Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad de inmovilizar los depósitos en las cuentas bancarias de los contribuyentes cuando existen adeudos fiscales pendientes. Esta medida, que impide a los titulares de las cuentas disponer de los fondos hasta que se cubra el adeudo, es una acción contundente que el SAT puede ejercer cuando detecta que un contribuyente no ha cumplido con sus obligaciones fiscales
La inmovilización de una cuenta bancaria por el SAT ocurre principalmente bajo tres circunstancias
1. Adeudos fiscales no atendidos
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Si el contribuyente tiene deudas fiscales que han sido notificadas y no interpuso ningún medio de defensa, o si dicho medio fue resuelto a favor del SAT, la autoridad fiscal está en derecho de solicitar a las instituciones bancarias la inmovilización de los fondos hasta cubrir el adeudo total, incluidos recargos, multas y otros accesorios.
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2. Adeudos sujetos a medios de defensa sin garantía suficiente
En situaciones donde el contribuyente ha interpuesto un recurso de defensa contra un adeudo fiscal, pero no ha ofrecido una garantía adecuada, el SAT puede ordenar la inmovilización de los depósitos para asegurar el cobro en caso de que el recurso se resuelva a favor de la autoridad.
3. Falta de garantía de pago
Si existe un adeudo fiscal y el contribuyente no ha garantizado su pago de manera suficiente, el SAT puede proceder a inmovilizar los depósitos bancarios hasta que se cubra el monto total de la deuda.
El SAT suele notificar al contribuyente sobre la inmovilización a través del buzón tributario o, en su defecto, de manera personal o por estrados, dependiendo de si el contribuyente está localizable o si se tiene su correo electrónico registrado. Es por esta razón que es crucial que todos los contribuyentes se mantengan al tanto de sus notificaciones fiscales para evitar este tipo de medidas, aunque es más común que a todos les llegue la sorpresa una vez inmovilizadas sus cuentas.
Para evitar que todo esto suceda y que el SAT inmovilice las cuentas bancarias, es fundamental pagar los adeudos fiscales en cuanto sean notificados. En caso de interponer un medio de defensa, es igualmente importante garantizar los montos adeudados de manera adecuada, mediante depósitos, fianzas, o alguna otra garantía aceptable para el SAT.
Recuerda que todos los contribuyentes deben estar atentos a sus notificaciones y tomar medidas proactivas para evitar que sus cuentas sean congeladas, como pagar los adeudos o garantizar el pago de estos de manera efectiva.
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