La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó nuevas reglas que permiten a los proveedores de servicios en línea, como redes sociales y plataformas de video, eliminar contenidos que violen los derechos de autor. Esto se hace posible mediante una notificación previa del titular de dichos derechos.
Estas medidas forman parte de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y al Código Penal Federal (CPF), con el objetivo de proteger de manera más efectiva los derechos de autor.
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¿De qué trata todo esto?
Entre las disposiciones clave que la SCJN ha validado, se encuentra el artículo 114 Octies, fracción II, inciso a), segundo párrafo, que establece:
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Los proveedores de servicios en línea deben tomar "medidas razonables" para evitar que el contenido eliminado vuelva a ser subido sin el permiso del titular del derecho de autor. Esta acción es necesaria para proteger los derechos de autor y está considerada como suficientemente clara y precisa dentro de la ley.
La nueva normativa establece un procedimiento sencillo para que los proveedores de servicios en línea (como redes sociales y plataformas de video) puedan eliminar contenido que infrinja derechos de autor. Aquí te explicamos cómo funciona:
1. Notificación del titular del derecho: Si eres el propietario de un derecho de autor (por ejemplo, de una canción, un video o una imagen) y encuentras tu contenido utilizado sin permiso en una plataforma en línea, puedes enviar una notificación formal a esa plataforma.
En esta notificación, debes demostrar que eres el legítimo titular del derecho de autor. Esto significa que debes proporcionar pruebas de que realmente posees los derechos sobre el contenido en cuestión.
2. Acción del proveedor de servicios: Una vez que la plataforma recibe tu notificación, está autorizada para remover o bloquear el acceso al contenido infractor. La plataforma no decide por sí sola si tienes razón o no; simplemente actúa en base a la notificación recibida.
3. Resolución de Disputas: Si hay una disputa sobre quién posee realmente los derechos de autor, esta no se resuelve directamente en la plataforma en línea.
En lugar de eso, la disputa debe ser manejada a través de un procedimiento judicial o administrativo. Esto significa que, si alguien objeta la eliminación del contenido, ambos deben llevar el caso ante un tribunal o una autoridad competente para una decisión final.
También se establecieron sanciones administrativas y penales para quienes evadan Medidas Tecnológicas de Protección (MTP) que protegen los derechos de autor o controlan el acceso a una obra. Estas disposiciones no limitan el derecho al comercial, pero si a que se respeten los derechos de autor.
El pleno de la SCJN avala esta decisión sobre servicios en línea y derechos de autor
La decisión fue aprobada por cinco votos contra cuatro en el pleno de la SCJN, validando así la constitucionalidad de las reformas que permiten el retiro unilateral de contenidos en plataformas digitales que violen derechos de autor. Esta regulación se alinea con el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), fortaleciendo la protección de los derechos de autor en el entorno digital.
Para evitar malentendidos y acciones legales, es crucial que los titulares de derechos de autor y los proveedores de servicios en línea sigan los procedimientos establecidos y acrediten debidamente sus intereses jurídicos.
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