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Afore 2024: Así puedes heredar tu cuenta individual del Afore si falleces

¿Se puede heredar el dinero? en Heraldo Binario nos dimos a la tarea de averiguarlo para brindarte toda la información al respecto. 

Créditos: Especial Heraldo Binario
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Las Afores son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos que depositas en tu cuenta individual. Allí, cada uno de los trabajadores tiene una cuenta individual que es personal y única. 

Una de las dudas más comunes es ¿qué pasa con la Afore de una persona cuando fallece? ¿se puede heredar el dinero?  y por eso, en Heraldo Binario nos dimos a la tarea de averiguarlo para brindarte toda la información al respecto. 

¿Cómo puedo heredar el dinero de mi Afore? 

Si quieres heredar el dinero de tu Afore, tenemos una mala noticia y es que no hay manera de que tú decidas quién puede o no disponer del dinero que tengas ahí una vez que fallezcas. 

Esto, a partir de la Reforma a la Ley del Seguro Social el 1 de enero de 2021. De acuerdo con ella, en el caso de que muera algún trabajador o pensionado, los beneficiarios podrán hacer uso de los recursos de la cuenta individual de estos. Sin embargo, será el IMSS o ISSSTE quienes designen a quién va destinado ese recurso. 

Las personas que pueden ser beneficiarios por orden de prioridad son los siguientes:

  • La viuda o el viudo, si esta dependía económicamente del trabajador.
  • Los hijos menores de 16 años o en el caso de ser mayores si estos no se pueden mantenerse con su propio trabajo o están estudiando, lo que significaría recibir apoyo hasta los 25 años.
  • Los padres, si vivían en el mismo hogar del trabajador.

También lo pueden cobrar la concubina o el concubinario, si este dependía económicamente del trabajador o trabajadora y solo si no hay cónyuge.

¿Qué recursos se entregan de la Cuenta Afore (IMSS)?

En cuanto a los recursos que se dan a tu beneficiario, esto dependerá de cuál ley es la que te aplique y son los siguientes:

A) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:

  • Retiro y Vivienda 97 (recursos del 1 de julio de 1997 a la fecha)
  • Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

B) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:

  • Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

C) Si no se alcanzaron los requisitos para tener una pensión: Se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

¿Qué recursos se entregan de la Cuenta Afore (ISSSTE)?

En cuanto a los recursos que se dan a tu beneficiario, esto dependerá de cuál régimen es el que te aplique y son los siguientes:

A) Si la pensión es por el Régimen Décimo Transitorio:

  • Retiro 2008 y Vivienda 2008 (recursos del 1 de enero de 2008 a la fecha)
  • Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007)

B) Si la pensión es por el Régimen de Cuentas Individuales:

  • Retiro y Vivienda 92 (recursos del 1 de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007)

C) Si no se alcanzaron los requisitos para tener una pensión: Se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

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