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¿Por qué el SAT te puede cancelar el CERTIFICADO de sello digital? Así lo puedes solucionar

La Prodecon te da a conocer lo que debes hacer en caso de que esto suceda

¿Cancelaron tu CSD?.Estas son las razonesCréditos: Especial
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Seguramente la instancia gubernamental que todos los mexicanos odian es al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y con justa razón, pues que te quiten parte de tu salario no es del agrado de nadie. Sin embargo, esto no se queda ahí, pues hay otros trámites gubernamentales que debes realizar con ellos y que podrían sacarte más de un dolor de cabeza. 

Uno de ellos es la Cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD), el cual según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) es uno de los avances más significativos que ha implementado el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que en esta ocasión te daremos a conocer las causas por las que el SAT puede cancelar tu CSD y lo qué debes hacer para recuperarlo. 

¿Qué es el Certificado de Sello Digital? 

La Prodecon define al Certificado de Sello Digital como aquél archivo o documento electrónico mediante el cual una autoridad de certificación3 (SAT) garantiza la vinculación entre la identidad de un sujeto o entidad y su clave pública, con este archivo es posible firmar digitalmente los Comprobantes Fiscales, de ahí la importancia que los contribuyentes cuenten con él. 

¿Cuáles son las causas por las que el SAT puede dar de baja o cancelar tu Certificado de Sello Digital? 

Por otro lado, la Prodecon estable las siguientes causales para que el SAT cancele tu Certificado de Sello Digital: 

  1. A solicitud del contribuyente. 
  2. Por resolución judicial o administrativa
  3. Fallecimiento del titular del CSD
  4. Disolución o extinción de personas morales.
  5. Desaparición por fusión o escisión de sociedades. 
  6. Cuando termine el plazo de 4 años de vigencia.
  7. Por pérdida del CSD o por no utilizarlo.
  8. Por no cumplir con requisitos legales.
  9. Por riesgo de confidencialidad de los datos de creación de la e.firma.
  10. Cuando la autoridad detecte:

Omisión en la presentación de 3 o más declaraciones periódicas consecutivas o 6 no consecutivas, en el mismo ejercicio fiscal. Cuando desaparezca del domicilio durante la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución. Cuando la autoridad detecte que el contribuyente desaparezca durante el ejercicio de facultades de comprobación o no ponga a disposición de ésta su contabilidad o por utilizar comprobantes fiscales para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. 

¿El SAT te canceló tu Certificado de Sello Digital? Sigue estos pasos

Por último, Prodecon recalca que en caso de que tu Certificado de Sello Digital haya sido cancelado por el SAT, debes seguir estos pasos: 

  1. Debes presentar el caso de aclaración electrónica en el Portal del SAT. 
  2. Ingresa a este link
  3. Da clic donde dice: INICIAR. 
  4. Ingresa con tu RFC y contraseña del SAT.
  5. Ingresa a los apartados Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario.
  6. Rellena los datos del formulario. 
  7. Revisa tu solicitud en un plazo de 5 días hábiles para verificar si se solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días hábiles para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

En caso de que el SAT te proporcione una respuesta negativa, no dudes en acudir ante la Prodecon para que te orienten en el proceso. 

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