Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional el Artículo 132 de la Ley del Seguro Social, el cual prohibía que las concubinas obtuvieran la pensión por viudez. Con este fallo, a partir de 2022 las parejas que no están casadas podrán cobrar la compensación por dicho concepto.
Te podría interesar
- 3,720 pesos bimestrales
PENSIÓN para los adultos mayores aumentará en 2022, ¿cuál será la nueva SUMA depositada?
- Banco del Bienestar
¿Qué HACER si PERDISTE tu tarjeta de la Pensión para el Bienestar? Así puedes RECUPERARLA
- obligaciones parentales
SCJN: Padres que no paguen pensión alimenticia de sus hijos no podrán salir de México
¿Por qué son inconstitucionales los Artículo 130 y 132 de la Ley del Seguro Social?
La Suprema Corte argumentó que el artículo condiciona el conceder la pensión a una causa ajena al trabajador, como es la muerte.
La Ley del Seguro Social señalaba que la concubina no podía recibir la pensión por viudez en los casos que el derechohabiente hubiera fallecido antes de cumplir los seis meses de matrimonio, sí él se hubiera casado después de cumplir los 55 años.
Además, el Artículo 130 mencionaba que era necesario comprobar que la pareja había vivido al menos cinco años en unión libre, para tener derecho a pensión por viudez.
Dado que las condiciones parecían discriminar a las parejas en unión libre, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados propuso un proyecto para reformar dicho artículo.
Al respecto, Marcela Guerra, diputada del PRI, comentó que la o el trabajador ya generaron derechos a favor de su beneficiario o beneficiaria, porque cumplió con sus respectivas aportaciones por un tiempo determinado.
¿Cuándo será oficial este cambio en la Ley del Seguro Social?
Ahora bien, la Suprema Corte otorgó un plazo de 90 días para que la reforma a la Ley del Seguro Social se elabore en la Cámara de Diputados. De esta manera, podría quedar aprobada para febrero del 2022.
Cabe recordar que este Artículo 132 de la Ley del Seguro Social se aprobó en 1995, para evitar fraudes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Pero, la SCJN destacó que por existir esta posibilidad de fraude, las parejas que viven en unión libre quedan desprotegidas ante la muerte de sus parejas.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.