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¿Cómo presentar una queja ante la CONDUSEF si una Fintech te defrauda?

También podrás recibir asesoría jurídica gratuita, conciliación o arbitraje y defensa legal

CONDUSEF.Así funciona el portal Fintech de la CONDUSEFCréditos: Condusef
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Con el avance de la llamada “Ley Fintech”, las instituciones gubernamentales encargadas de mantener en orden el Sistema Financiero Mexicano (SFM), cobrarán relevancia al obtener más y mejores atribuciones para proteger tu dinero que se encuentre depositado en las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF).

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informó que a partir de que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la autorización que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que las ITF puedan operar, y se encuentren inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), la CONDUSEF podrá asesorar, proteger y defender los derechos de las y los usuarios ante estas instituciones.

¿Cómo hacer uso del portal de Queja Fintech de la CONDUSEF? 

Para presentar una queja en el portal Fintech de la CONDUSEF solamente deberás seguir los siguientes pasos: 

  • Llenar el formulario que podrás encontrar aquí (toma en cuenta que tendrás que firmarlo con tu e-firma SAT).
  • Cargar los archivos de tu documentación en formato PDF (identificación oficial, estado de Cuenta o movimientos y evidencia de la reclamación). 
  • Esperar un lapso de al menos 5 días hábiles para recibir respuesta. Tanto el citatorio como cualquier tipo de requerimientos para la Institución de Tecnología Financiera para audiencia de conciliación, se notificará a través del Portal de Queja Fintech.

Recuerda que cual sea la resolución de tu queja, la CONDUSEF te brindará asesoría jurídica gratuita, conciliación o arbitraje y en caso de necesitarlo hasta defensa legal. El órgano gubernamental también menciona que: 

“Estas instituciones (ITF) buscan ofrecer sus servicios mediante plataformas digitales tales como páginas web, aplicaciones móviles y redes sociales, lo que significa que puedes tener acceso de manera eficiente, ágil y cómoda. Sin embargo, esto implica que se debe tener más cuidado con quién contratas y lo que deberás analizar antes de irte con la primera alternativa, es decir, será conveniente hacer un ejercicio de comparación y exploración de opciones, que veas que la información sea clara y suficiente, que te muestren las condiciones de contratación, si cobran comisiones, entre otros.”

De igual forma recalcan que actualmente son solo dos figuras Fintech que están reconocidas y reguladas como ITF:

1) Instituciones de Financiamiento Colectivo o Crowdfunding (IFC): aquellas que a través de una plataforma pone en contacto a inversionistas con solicitantes.

2) Instituciones de Fondo de Pago Electrónico (IFPE) como wallets o monederos electrónicos: Estos pueden utilizarse para realizar compras, pagos, envíos de dinero de manera digital a diversos destinatarios y realizar domiciliaciones de tus servicios, por ejemplo: telefonía, luz, agua, etc.

Por último hacen la advertencia acerca de las operaciones financieras con criptomonedas y puntualizan que la o el usuario debe saber que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el Gobierno Federal o el Banco de México ya que la volatilidad del valor del activo virtual es muy grande.