El pasado 9 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Home Office o NOM-037-STPS-2023, en la cual quedaron establecidos los derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores o patrones ante el teletrabajo o trabajo remoto, normativa que entrará en vigor a partid de diciembre de 2023 y que se suma a las 44 normas en materia de seguridad y salud en el trabajo emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Socia (STPS).
Hasta inicios de 2022 alrededor de un 45% de los empleados en México seguían trabajando bajo el modelo de home office, según OCC, formato que en aquel entonces era mucho más viable debido a que aún existía un riesgo alto de contagiarse de Covid-19. No obstante, con la baja en los casos positivos de esta enfermedad, en el transcurso del año pasado más colaboradores volvieron a oficinas.
Te podría interesar
No obstante, trabajar vía remota sigue siendo una de las mejores alternativas para millones de hombres y mujeres en el país, sobre todo por las ventajas que ofrece, entre ellas reducción de gastos en transporte y comidas, productividad, flexibilidad laboral, así como la posibilidad de trabajar desde cualquier parte del país o del mundo y ahorro de tiempo en traslados, por mencionar algunos.
Te podría interesar
Ahora con la publicación de la NOM-037-STPS-2023 en el DOF, aquellos empleados que laboren un 40% del tiempo bajo el formato de teletrabajo o remoto, tendrán ciertas ventajas, como el pago proporcional de algunos servicios de parte de su patrón o empleador. ¿Cuáles son estos servicios?
Estos son los servicios que tu patrón o empleador deberá ayudarte a pagar si haces Home Office
Tras la publicación de la NOM-037-STPS-2023 en el Diario Oficial de la Federación, a inicios de junio de 2023, aquellos colaboradores que trabajen en un 40% vía remota, tienen derecho a que sus empleadores paguen una parte proporcional de ciertos servicios que son utilizados en casa. ¿Qué servicios debe ayudarte a pagar tu patrón o empleador si haces home office, según la normativa que entrará en vigor a finales de 2023?, se trata de los siguientes:
- Internet
- Consumo de energía eléctrica
- Computadora
- Teléfono celular
- Impresora y tinta
Adicional a dichos servicios, tu empleador o patrón está obligado a promover que las personas que laboran bajo un esquema de teletrabajo cuenten con las herramientas necesarias para el desempeño de tus actividades. Esto incluye silla ergonómica y aditamentos ergonómicos a fin de evitar lesiones o malestares físicos ante malas posturas causadas por falta de equipo de trabajo adecuado.
Y es que al hacer home office y estar sentados por mucho tiempo los empleados pueden manifestar ciertos malestares, tales como dolor de espalda y hombros, molestias en el cuello, se pierde flexibilidad y la circulación en piernas se deteriora, por mencionar algunas consecuencias.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.