PRESTACIONES LABORALES

¿Tengo derecho a recibir aguinaldo si tuve incapacidad?, esto dice la Ley Federal del Trabajo

Ya comenzó la entrega del aguinaldo en México, prestación laboral que se debe dar antes del 20 de diciembre. Entérate si haber tenido cierto periodo de incapacidad te exenta de este derecho o no.

Esto es lo que sucede en casos de incapacidad, según la LFT.Créditos: Spark
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Empresas e instituciones públicas han comenzado a pagar el aguinaldo, una de las prestaciones laborales más esperadas por miles de trabajadores formales en México y que se otorga cada año. Hay un par de dudas que surgen alrededor de esta prestación, pero una que ha saltado en los últimos días es sobre si una persona que estuvo de incapacidad por enfermedad, maternidad o por otro motivo también tiene derecho a recibirla. En Heraldo Binario te compartiremos lo que dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto.

Algo que debemos acotar desde ahora es que, como tal, el aguinaldo no era un pago obligatorio que los patrones tenían con sus trabajadores, pues en un inicio éste se veía como una gratificación o un regalo de los dueños de empresas que entregaban con motivo de las fiestas navideñas. Sin embargo, al ver los beneficios que esta prestación daba a los empleados, se aprobó en la Legislación Laboral dentro del artículo 87 de la mencionada ley. Y a partir de entonces es que miles de hombres y mujeres trabajadores lo reciben cada año. 

Es bien sabido que cuando cumples un año lo que te toca de aguinaldo son 15 días de tu salario. No obstante, si tienes menos de 12 meses en ese empleo, aún así te corresponde una parte proporcional que toma en cuenta el tiempo que has laborado en ese lugar, prestación que aplica tanto para trabajadores de planta como para los de confianza, eventuales, sindicalizados, entre otros que estipula la Ley Federal del Trabajo.

Si incluso los de confianza y eventuales se hacen acreedores a un pago de aguinaldo, ¿es lo mismo para aquellas personas que estuvieron fuera cierto tiempo debido a una incapacidad?

¿Cuándo hay incapacidad se paga aguinaldo?, esto dice la LFT

Previamente en Heraldo Binario les mencionamos que sí hay casos en los cuales tu patrón o empresa donde trabajas te pueden descontar de tu aguinaldo, y esto pasa cuando hay un juicio por pensión alimentaria o si pediste un adelanto de dicha prestación a tu patrón. Pero ¿qué pasa si tuviste incapacidad durante el año?, ¿te pueden descontar o incluso quitar el aguinaldo?

De acuerdo con una de las fracciones del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, en estos casos de incapacidad tu patrón no puede negarte o reducirte tu aguinaldo:

  • Incapacidad por maternida pre y post natal.
  • Permiso de paternidad.
  • Incapacidad temporal por accidentes de trabajo, lo cual aplica aunque la o el trabajador no esté asegurado.

¿Qué puedo hacer si no me quieren pagar mi aguinaldo?

En caso de que tu patrón o empleador te diga que no te va a pagar tu aguinaldo porque tuviste incapacidad determinado tiempo, porque no has cumplido un año en la empresa o por otro motivo, comunícate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Llama sin costo a los números 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877. O si lo prefieres puedes exponer tu caso de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

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