PRODECON TE ORIENTA

¿En qué RÉGIMEN del SAT me tengo que dar de alta si quiero invertir en CRIPTOMONEDAS?

Prodecon también aclara qué porcentaje de tus ganancias con criptomonedas deberás pagarle al SAT

Prodecon.Te orienta en tu régimen fiscal Créditos: Adobe Creative
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El uso de los criptoactivos, activos digitales o criptomonedas es un tema que aún genera demasiadas dudas en las personas, no solamente a nivel nacional sino en todo el mundo. Es innegable que la adopción de las criptomonedas ha ido creciendo a pasos agigantados, mucho más en los días recientes donde las naciones en disputa: Ucrania y Rusia han flexibilizado su legislación para reconocer a las criptomonedas como moneda de curso legal en aquellos territorios. Es por esta razón que no sería de extrañar que México comenzara a planear legislar a favor o al menos tener mucho más en el radar a las criptomonedas.

De ser así, ¿te has preguntado en qué régimen del Servicio de Administración Tributaria (SAT) debes darte de alta si tienes inversiones en criptomonedas? La PRODECON resuelve esta duda. 

De acuerdo con el documento “Ingresos obtenidos relacionados con CRIPTOMONEDAS”, publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), existe la duda del régimen fiscal del SAT más óptimo en el que una persona debería darse de alta en caso de que esta tenga en su posesión inversiones y ganancias con criptomonedas. 

La PRODECON externa que actualmente en la legislación fiscal mexicana no existe un régimen específico para tributar quien obtiene este tipo de ingresos con criptomonedas. 

Por lo que a consideración de PRODECON se debe acudir en primer término a lo previsto en el artículo 14, fracción I, del Código Fiscal de la Federación que establece que se entiende por enajenación de bienes:

“…Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado…”.

Según lo anterior, se puede establecer que las operaciones de venta de criptomonedas se ajustan a la figura o régimen fiscal del SAT de Enajenación de Bienes. 

¿El SAT te retendrá impuestos por tus criptomonedas?

Por otro lado, la misma Prodecon establece que la Ley del Impuesto sobre la Renta, prevé que tratándose de la enajenación de bienes diversos a los inmuebles, el pago provisional del ISR será por el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, mismo que deberá ser retenido por el adquirente, siempre que este último sea residente en el país o en el extranjero con establecimiento permanente en México. Esta retención del 20% también aplica a las criptomonedas tratándose las mismas de un bien enajenado. 

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