La implementación de la CURP Biométrica en México ya es una realidad jurídica tras la publicación de la reforma a la Ley General de Población en el Diario Oficial de la Federación. Este documento se convertirá en el nuevo mecanismo obligatorio o de lo contrario habrá multas para la identificación ciudadana, con el objetivo de centralizar la información personal y facilitar la verificación de identidad en todos los niveles de gobierno. Esta actualización en el trámite incluirá datos como huellas dactilares, fotografía, firma digital y código QR, integrados en una plataforma nacional.
El cambio no es menor, ya que la nueva CURP Biométrica será indispensable para llevar a cabo diversos trámites ante instituciones públicas y privadas, desde servicios bancarios y educativos, hasta gestiones de salud o laborales. Dado el carácter obligatorio del documento, el gobierno ha establecido un marco legal que contempla multas severas para quienes incumplan con el proceso de registro o manejen de forma incorrecta la información contenida en la Plataforma Única de Identidad.
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¿Qué tipo de multas se impondrán por incumplir con la CURP Biométrica?
De acuerdo con la reforma legal vigente, aquellas dependencias gubernamentales que no actualicen sus sistemas tecnológicos para integrar el uso obligatorio de la CURP Biométrica dentro de los primeros 90 días del decreto podrán ser sujetas a multas económicas considerables. Las sanciones establecidas van desde 10,000 hasta 20,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale actualmente a una cifra aproximada entre 1.1 y 2.2 millones de pesos.
Las multas aplican principalmente a servidores públicos o entidades encargadas del cumplimiento de la nueva norma, aunque el retraso o negativa ciudadana en participar también podría restringir el acceso a diversos trámites. Si bien hasta ahora no se ha estipulado una sanción directa para las personas que no actualicen su información, el hecho de no contar con la CURP Biométrica limitará de forma automática la posibilidad de realizar trámites clave, como inscribirse en programas sociales, abrir cuentas bancarias o acceder a servicios médicos y educativos.
Desde ahora, la presentación de la CURP Biométrica será necesaria para cualquier proceso legal o administrativo. Esto incluye trámites escolares, solicitudes de empleo, contratos inmobiliarios, servicios de salud pública y afiliación a programas del Bienestar. Es decir, la CURP tradicional dejará de tener validez progresivamente, siendo reemplazada por esta nueva versión que integra información sensible.
Aunque la legislación no impone directamente multas al ciudadano de a pie, sí existe una forma de sanción indirecta al restringir su acceso a servicios esenciales. Por ello, se recomienda a todas las personas mayores de edad, así como a padres de familia, estar atentos al calendario de implementación. El gobierno también contempla un periodo extendido de 120 días para registrar a niñas, niños y adolescentes, como parte de una segunda fase del proceso.
Preguntas frecuentes sobre la CURP Biométrica y las posibles sanciones
1. ¿Ya es obligatorio tener la CURP Biométrica para hacer trámites?
- Aún no de forma generalizada, pero será obligatoria conforme avancen los plazos legales establecidos. Su uso se extenderá paulatinamente a todos los trámites en instituciones públicas y privadas.
2. ¿Puedo recibir una multa si no actualizo mi CURP a la versión biométrica?
- Por ahora, las multas están dirigidas a las dependencias que no adapten sus sistemas. Sin embargo, el no contar con la CURP actualizada podría impedir el acceso a servicios o apoyos.
3. ¿Qué datos se recogen en la CURP Biométrica y por qué es importante?
- La nueva CURP contiene huellas digitales, iris, fotografía y firma electrónica. Esta información busca mejorar la seguridad en los trámites, evitar suplantaciones de identidad y reducir fraudes.
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