Con con 35 votos a favor, 5 en contra y una abstención, el Congreso de Puebla aprobó una ley que modifica el al Código Penal del Estado para sancionar delitos como usurpación de identidad, espionaje digital, fraude electrónico, hacking, grooming y ciberasedio.
La iniciativa fue propuesta en noviembre de 2024 por José Luis García Parra, quien en aquel entonces era diputado local, actual coordinador de Gabinete del gobernador Alejandro Armenta.
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La reforma ha causado controvertía debido a que, en las modificaciones al artículo 480, se establece que se “comete el delito de Cibersasedio quien a través de la utilización de medios digitales de informática o TICS (tecnologías de la información y las comunicaciones) insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia suficiente para causarle un menoscabo importante en su salud”.
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Por este delito, las penas pueden ser de 11 meses a 3 años de prisión y si la víctima es menor de edad la sanción aumentará desde una tercera parte de la pena mínima hasta dos terceras partes de la máxima. A ello, se le suma una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), es decir, la sanción monetaria iría desde los 5 mil 657 a los 33 mil 942 pesos.
Ley de Ciberseguridad es un riesgo para la libertad de expresión: Artículo 19
La organización Artículo 19 consideró que los delitos que incorpora la reforma “incumplen principios de derechos humanos y libertad de expresión, violentan el principio de taxatividad en materia penal, y en su elaboración no han incorporado el expertise técnico de especialistas”.
Asimismo, advirtieron que puede ser usada contra la ciudadanía de forma arbitraria, en particular contra periodistas, medios de comunicación y activistas. No obstante, señaló que las otras modificaciones al Código Penal del Estado son amplias y carecen de conocimiento técnico.
“Se recuerda a las y los legisladores que la libertad de expresión incluye discursos que pueden ‘ofender, insultar’. La Corte Interamericana de Derechos Humanos resaltando algunos de los rasgos sobresalientes de la libertad de expresión, sobre todo su doble dimensión individual y colectiva, y su función democrática, establece que ‘este derecho protege tanto la información que resulta favorable, indiferente o inofensiva, como aquella que resulta chocante, inquietante u ofensiva para el Estado o la sociedad’”, recordó la asociación en un comunicado.