En la Ciudad de México (CDMX), es común a muchos automovilistas dando toques únicos a sus vehículos con adornos que le dan personalidad y aunque esto puede hacer más ameno el trayecto para muchos de estos autmovilistas, la realidad es que esto puedo llevar a multas de hasta 5 mil 657 pesos.
Y es que el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, establece algunas condiciones para quienes utilicen sus automóviles, por lo que cada uno de estos vehículos debe cumplir con una normativa que incluye la prohibición de algunos de sus accesorios, por lo que si no quieres ser acreedor a una multa de miles de pesos.
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Es por ello que si no quieres gastar en multas por accesorios prohibidos en tu automóvil, debes tomar en cuenta lo siguiente para poder cumplir con el reglamento de Tránsito y de esta forma no ser sancionado por las autoridades correspondientes.
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Estos son los accesorios prohibidos en CDMX
Según el artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, se especifica que algunos accesorios no pueden usarse en los automóviles y motocicletas, pues de hacerlo los infractores serán acreedores a multas que van desde los miil 131 pesos hasta los 5 mil 657 pesos según la gravedad de la infracción.
Portaplacas que obstruyan la visibilidad
Cualquier accesorio que dificulte leer las placas como luces de neón, micas, láminas o soportes puede hacer que el propietario de un automóvil pueda pagar una multa de mil 131 pesos a 2 mil 262 pesos (de 10 a 20 veces la UMA)
Polarizado excesivo en vidrios
Aunque este es uno de los accesorios más utilizados para protegerse del sol o mejorar la visibilidad en días soleados tener un polarizado del más del 20% de oscurecimiento en ventanas laterales y traseras puede ser emotivo de multas, pese a esto existe la excepción en caso de que se cuente con documentación médica que apoye que es necesario en su automóvil. La multa por esto es de los 2 mil 262 pesos a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
Faros deslumbrantes no regulados
En caso de una modificación a los faros de los automóviles estos deben cumplir con las normas oficiales, con el fin de que no cieguen a otros conductores a la hora de circular, en caso de cumplir con estas recomendaciones la multa será de entre mil 131 pesos a 2 mil 262 pesos (10 a 20 UMAs)
Escape modificado para hacer más ruido
Cualquier tipo de modificación al tubo de escape de los automóviles que aumente el ruido del motor está prohíbido y la multa es de mil 131 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
Detector de radares
Cualquier modificación en tu automóvil que interfiera con los sistemas de fotocívicas será acreedor a la multa más alta de 5 mil 657 pesos (50 UMAs)
Bocinas modificadas
Aunque puede ser divertido, la modificación del sonido de los claxons diferentes a los originales o que sean muy estridentes puede significar una multa de 2 mil 262 a 394 pesos (20 a 30 UMAs)
Neumáticos metálicos o bandas de oruga
Queda estrictamente prohibido cualquier modificación a las ruedas que provoquen daños a la superficie del rodamiento, la multa es de 2 mil 262 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
¿Por qué estos accesorios están prohibidos?
De acuerdo a las autoridades de la Ciudad de México, las sanciones aplican debido a que estas obstruyen la seguridad vial y los funcionamientos de tránsito al considerar que muchos de estos accesorios dificultan la identificación vehicular, ponen en riesgo a peatones y otros conductores, generan contaminación auditiva o promueven el uso de exceso de velocidad.
Cabe resaltar que todas las canciones son acumulables y en caso de que tu automóvil tenga varios accesorios prohibidos el monto de la multa aumentará, e incluso pueden remolcar el vehículo.
Asimismo, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) señaló que es posible usar portaplacas de cualquier material sin ser sancionado siempre y cuando la placa y la entidad que la expidió sean completamente visibles, no dificulten la lectura de los caracteres y se mantenga limpia y bien colocada.
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