Los integrantes del Consejo de Representantes de la CONASAMI (Comisión Nacional de los Salarios Mínimos) determinaron que, a partir del 1 de enero de 2026, el salario mínimo general tendrá un incremento del 13%, mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) el aumento será del 5%.
En la Zona del Salario Mínimo General, el salario vigente en 2025 es de 278.80 pesos por jornada laboral; sin embargo, a partir de 2026 aumentará a 315.04 pesos diarios. Por su parte, en la ZLFN —que comprende estados como Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas— el salario pasará de 419.88 a 440.87 pesos diarios.
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Desde inicios de 2026, las y los trabajadores verán reflejado este ajuste de manera directa en sus ingresos. No obstante, es importante señalar que el incremento aplica únicamente para quienes perciben el salario mínimo general o alguno de los salarios mínimos profesionales.
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¿Qué empleos tendrán incrementos por el aumento al salario mínimo en 2026?
Con el fin de garantizar transparencia y acceso a la información, la CONASAMI difundió un listado de profesiones, oficios y trabajos especiales que recibirán un aumento salarial. Este ajuste impactará principalmente a sectores como comercio, servicios personales, agricultura y construcción.
De acuerdo con la tabla de salarios mínimos vigentes a partir del 1 de enero de 2026, los incrementos varían según la región y aplican de manera diferenciada en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) y en la Zona del Salario Mínimo General (ZSMG). Estos son los empleos que tendrán aumento:
- Albañilería, oficial — $440.87 / $363.44
- Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador — $440.87 / $321.26
- Buldózer y/o traxcavo, operador(a) — $440.87 / $380.74
- Cajero(a) de máquina registradora — $440.87 / $326.84
- Cantinero(a) preparador(a) de bebidas — $440.87 / $333.52
- Carpintero(a) de obra negra — $440.87 / $363.44
- Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial — $440.87 / $357.45
- Cocinero(a) mayor(a) — $440.87 / $368.05
- Colchones, oficial en fabricación y reparación — $440.87 / $336.83
- Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial — $440.87 / $356.19
- Yesero(a) en construcción — $440.87 / $339.20
- Cortador(a) de calzado, oficial — $440.87 / $330.31
- Costurero(a) en talleres o fábricas — $440.87 / $326.38
- Costurero(a) a domicilio — $440.87 / $334.94
- Chofer acomodador(a) en estacionamientos — $440.87 / $341.42
- Chofer de camión de carga — $440.87 / $370.90
- Chofer de camioneta de carga — $440.87 / $360.39
- Chofer operador(a) de grúa — $440.87 / $346.67
- Draga, operador(a) — $440.87 / $384.25
- Ebanista, oficial — $440.87 / $362.61
- Electricista instalador(a), oficial — $440.87 / $356.19
- Electricista automotriz, oficial — $440.87 / $359.63
- Electricista de motores/generadores — $440.87 / $346.67
- Empleado(a) de tienda de autoservicio — $440.87 / $320.32
- Encargado(a) de bodega/almacén — $440.87 / $331.76
- Ferretería/tlapalería, dependiente(a) — $440.87 / $338.38
- Fogonero(a) de calderas — $440.87 / $349.22
- Gasolinero(a), oficial — $440.87 / $326.38
- Herrería, oficial — $440.87 / $351.59
- Hojalatero(a), oficial — $440.87 / $357.45
- Jornalero(a) agrícola — $440.87 / $356.16
- Lubricador(a) automotriz — $440.87 / $328.83
- Manejador(a) en granja avícola — $440.87 / $316.85
- Operador(a) de maquinaria agrícola — $440.87 / $365.24
- Operador(a) de máquinas para madera — $440.87 / $349.22
- Mecánico(a) automotriz, oficial — $440.87 / $375.35
- Montador(a) de calzado, oficial — $440.87 / $330.31
- Peluquero(a) y cultor(a) de belleza — $440.87 / $341.42
- Pintor(a) automotriz, oficial — $440.87 / $351.59
- Pintor(a) de construcción, oficial — $440.87 / $349.22
- Planchador(a) a máquina — $440.87 / $326.84
- Plomero(a), oficial — $440.87 / $349.84
- Radiotécnico(a), oficial — $440.87 / $362.61
- Recamarero(a) — $440.87 / $320.32
- Refaccionaria, dependiente(a) — $440.87 / $331.76
- Reparador(a) de aparatos eléctricos del hogar — $440.87 / $345.36
- Reportero(a) prensa diaria impresa — $705.46 / $705.46
- Reportero(a) gráfico(a) — $705.46 / $705.46
- Repostero(a) o pastelero(a) — $440.87 / $363.44
- Sastrería a domicilio, oficial — $440.87 / $365.24
- Secretario(a) auxiliar — $440.87 / $374.60
- Soldador(a) — $440.87 / $359.63
- Tablajero(a)/carnicero(a) — $440.87 / $341.42
- Tapicero(a) automotriz, oficial — $440.87 / $346.67
- Tapicero(a) de muebles, oficial — $440.87 / $346.67
- Trabajador(a) del hogar — $440.87 / $342.47
- Trabajador(a) social técnico(a) — $440.87 / $405.82
- Vaquero(a) ordeñador(a) — $440.87 / $320.32
- Velador(a) — $440.87 / $326.38
- Vendedor(a) de piso (aparatos domésticos) — $440.87 / $334.94
- Zapatero(a), oficial — $440.87 / $330.31
Salario mínimo 2026 permitirá cubrir hasta dos canastas básicas
El aumento al salario mínimo tiene como objetivo mantener la recuperación del poder adquisitivo de las personas trabajadoras, permitiendo que en 2026 el ingreso alcance para cubrir hasta dos canastas básicas.
De acuerdo con el secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, en el caso de la frontera norte, el salario mínimo aprobado para 2026 supera incluso el máximo histórico registrado en 1976, lo que permitirá cubrir dos canastas básicas con este ingreso.
El funcionario añadió que, con este ajuste, una persona podrá adquirir aproximadamente 7.1 kilos de frijol, 6.5 kilos de huevo y 14.8 kilos de tortilla, lo que garantiza un mayor acceso a alimentos esenciales para las familias mexicanas. Además, se mantiene el compromiso de avanzar hacia la meta de 2.5 canastas básicas para 2030.