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Pagos por colegiaturas y transporte escolar: ¿Cómo deducirlos en tu declaración anual al SAT?

En el marco del regreso a clases, el SAT ha recordado a los contribuyentes la importancia de aprovechar las deducciones fiscales disponibles en su declaración anual

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Con el regreso a clases, uno de los temas que más preocupa a los padres de familia es el costo de la educación. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece un respiro al recordar a las personas físicas que los pagos por colegiaturas y transporte escolar, cuando este sea obligatorio o esté incluido en la colegiatura, son conceptos deducibles en la declaración anual. Esta deducción no solo alivia un poco el bolsillo, sino que también fomenta la educación en instituciones privadas con reconocimiento oficial.

¿Qué gastos pueden deducirse este regreso a clases?

El SAT ha establecido que los pagos por colegiaturas son deducibles conforme al nivel educativo que curse el estudiante, siempre y cuando se trate de una institución educativa privada que cuente con la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios. Es fundamental que los padres de familia o tutores verifiquen que la escuela donde se realiza el pago esté incluida en el padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales. Este padrón puede consultarse en el portal del SAT, en la sección destinada para tal fin.

A continuación, se detallan los límites anuales que se pueden deducir, según el nivel educativo:

  • Preescolar: hasta 14,200 pesos.
  • Primaria: hasta 12,900 pesos.
  • Secundaria: hasta 19,900 pesos.
  • Profesional Técnico: hasta 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: hasta 24,500 pesos.

Además, los gastos por transporte escolar son deducibles si el servicio es obligatorio o si el gasto está incluido en la colegiatura. Es importante destacar que este beneficio fiscal puede ser aplicado no solo para los hijos, sino también para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa, o incluso para uno mismo, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos por el SAT.

Requisitos para la deducción de impuestos de colegiaturas y transporte escolar

Para que los pagos por colegiaturas y transporte escolar sean considerados en la declaración anual, es indispensable que el contribuyente solicite una factura a la institución educativa que incluya el complemento de colegiaturas. Este complemento debe desglosar claramente el pago realizado tanto por las colegiaturas como por el transporte escolar, si aplica.

Es crucial que los pagos se realicen mediante los métodos aceptados por el SAT para que sean deducibles. Estos métodos incluyen:

  • Cheque nominativo.
  • Transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente.
  • Tarjeta de crédito, débito o de servicios.

Los pagos en efectivo no son deducibles, por lo que se debe evitar este método de pago si se desea aprovechar este beneficio fiscal.

¿Qué es el visor de deducciones personales?

El SAT pone a disposición de los contribuyentes el Visor de Deducciones Personales, una herramienta en línea que permite consultar los requisitos que deben cumplir los gastos por colegiaturas y transporte escolar para que estos aparezcan prellenados en la declaración anual. El uso de esta herramienta puede facilitar el proceso de declaración, asegurando que todos los datos estén correctos y que no se omita ningún detalle importante.

Para la emisión de facturas por parte de las instituciones educativas, no es obligatorio presentar la Cédula de Identificación Fiscal ni la Constancia de Situación Fiscal. Esto simplifica el proceso para los contribuyentes, quienes solo deben asegurarse de solicitar la factura con el complemento de colegiaturas adecuado.

En caso de requerir orientación adicional sobre cómo deducir los pagos por colegiaturas y transporte escolar en la declaración anual, el SAT ofrece varios canales de atención para los contribuyentes. Entre ellos se encuentran:

  • MarcaSAT: Llamadas desde cualquier parte del país al 55 627 22 728, y desde el extranjero al (+52) 55 627 22 728. El horario de atención es de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles.
  • Chat uno a uno: Disponible en chat.sat.gob.mx.
  • OrientaSAT: Accesible a través del Portal del SAT.

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