PENSION IMSS

Pensión IMSS: ¿Cuántas semanas cotizadas necesito para jubilarme bajo la Ley 73?

¿Eres un adulto mayor a punto de jubilarse? Aquí te decimos los requisitos que necesitas cumplir para tramitar tu pensión IMSS si perteneces a la ley del 73.

Pensión IMSS: ¿Cuántas semanas cotizadas necesito para jubilarme bajo la Ley 73?.Créditos: IMSS / Freepik / Pexels
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Para muchos adultos mayores que han trabajado durante años, no hay mayor satisfacción que la de poder acceder a una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que se sabe que después de muchos años de servicio trabajando, muchos de ellos pueden acceder a este derecho que está las leyes laborales; sin embargo, algunos adultos mayores tienen dudas sobre los requisitos que deben cumplir para poder pedir su jubilación por lo que aquí en Heraldo Binario te explicaremos toda esta cuestión.

En primer lugar, cabe aclarar que existen dos regímenes actuales, la ley de 1973 y la ley de 1997, cada uno de ellos  tiene requisitos específicos sobre semanas cotizadas y edad para poder tramitarlos, siendo que en algunas ocasiones se deba cumplir no solo con un requisito de edad determinada, sino también con el número de semanas cotizadas e incluso con los años de servicio.

Es por ello que para todos los adultos mayores de 60 años que hayan sido inscritos al IMSS, y por ende tengan semanas cotizadas durante su vida laboral, podrán optar por la pensión IMSS, al cumplir con los requisitos que para el régimen del 73 son los siguientes:

  • Haber cumplido 60 años ( en caso de querer realizar un trámite de pensión IMSS por cesantía en edad avanzada) o tener 65 años (si es que el beneficiario quiere solicitar la pensión IMSS por vejez).
  • Tener un mínimo de 500 semanas cotizadas, o lo equivalente alrededor de 10 años de cotización.
  • Encontrarse dentro del periódo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto en tus cotizaciones semanales, esto si se toma en cuenta la fecha de baja.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
Los adultos mayores que cotizaron más de 500 semanas pueden solicitar su pensión IMSS / Créditos: Pexels

Sin embargo, además de esto, dependerá de la edad del trabajador, el porcentaje de pensión IMSS que le corresponderá quedando de la siguiente manera:

  • 65 años - 100 por ciento
  • 64 años- 95 por ciento
  • 63 años - 90 por ciento
  • 62 años - 85 por ciento
  • 61 años - 80 por ciento
  • 60 años - 75 por ciento

¿Cuánto de Pensión IMSS me corresponde?

 

Para poder calcular de cuánto será la pensión IMSS que te será asignada, se otma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, es decir el salario de los últimos 5 años; sin embargo, con la llegada del Fondo de Pensiones para el Bienestar, se ha asegurado que los pensionados y pensionadas se jubilen con el 100% de su último sueldo registrado en el IMSS.

¿Qué documentos necesito para tramitar mi pensión IMSS?

Las personas con más de 60 años pueden solicitar su pensión IMSS / Créditos: Pexels

Para tramitar la pensión IMSS hace falta cumplir con los requisitos antes mencionados además de proporcionar la siguiente documentación:

  • Proporcionar una identificación oficial
  • Tener un estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite su registro en la Administradora de Fondo para el Retiro (AFORE)
  • Proporcionar un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada ( CLABE)
  • Resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS
  • Una vez con estos documentos, los interesados deberán acudir a una subdelegación de IMSS para solicitar su pensión.
  • Una vez que se tenga respuesta del Instituto y se conozca qué modalidad de retiro le corresponde, debe acudir al Afore para iniciar un trámite de disposición de los recursos, 
  • Para esto deberá presentar en la sucursal del Afore la documentación antes señalada junto a la Solicitud de Disposición de Recursos que deberá estar llenada correctamente y firmada.
  • La Afore deberá poner a disposición los recursos correspondientes al régimen pensionario en un lapso máximo de 6 días.

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