PENSIÓN BIENESTAR

Pensión Bienestar: Con cambios anunciados por AMLO ¿pago a adultos mayores se hará cada mes?

A nivel federal, el acceso a una pensión está garantizado para personas de 65 años en adelante, según el artículo 4 de la constitución mexicana

Créditos: Twitter: bienestarmx
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En los últimos días, ha circulado información en redes sociales, especialmente a través de un video en YouTube, que sugiere cambios significativos en el programa Pensión Bienestar para Adultos Mayores, administrado por la Secretaría del Bienestar. Entre estos supuestos cambios se mencionan pagos mensuales en lugar de bimestrales y la reducción de la edad mínima de elegibilidad de 65 años a 60 años.

Sin embargo, es importante detenerse y no caer en desinformación. Hasta la fecha, no ha habido modificaciones de tal magnitud en las reglas de operación de este programa durante los últimos meses del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Según información verificada por la plataforma VerifiChat de El Sabueso, la cual se dedica a verificar la veracidad de noticias, se ha aclarado que la información difundida fue sacada de contexto. En realidad, se trata de una propuesta presentada por un diputado de Morena en el estado de Durango, dirigida específicamente al programa estatal de pensiones.

El diputado Christian Alán Jean Esparza propuso una reforma para incluir a personas de entre 60 y 64 años en el programa estatal de pensiones de Durango, además de personas con discapacidad de entre 30 y 59 años. No obstante, es importante destacar que esta iniciativa aún no ha sido aprobada, lo que significa que los cambios propuestos no son una realidad hasta el momento.

A nivel federal, la Secretaría del Bienestar mantiene inalteradas las reglas de operación de su programa de apoyo. Los beneficiarios continúan recibiendo su pago de 6 mil pesos cada dos meses, sin cambios en los requisitos de elegibilidad.

¿A qué edad se da la pensión a adultos mayores?

Es importante recordar que, a nivel nacional, el acceso a una pensión está garantizado para personas de 65 años en adelante, de acuerdo con el artículo 4 de la Constitución. Este artículo no ha sufrido modificaciones y tampoco se han anunciado cambios en las reglas de operación de las pensiones otorgadas por la Secretaría del Bienestar.

Las afirmaciones sobre cambios en las reglas de operación de las pensiones del Bienestar son falsas. La información se basa en una iniciativa propuesta en Durango, que aún no ha sido aprobada, y no afecta al programa a nivel nacional. Es crucial verificar la información antes de compartirla para evitar la propagación de noticias falsas y mantener a la población informada de manera precisa y responsable.

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