El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un mensaje clave para los contribuyentes, anunciando cambios significativos en diversos trámites que facilitan el cumplimiento de obligaciones fiscales. Estas modificaciones, que comenzaron a aplicarse en octubre, forman parte de un esfuerzo por agilizar y simplificar los procedimientos relacionados con la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la firma electrónica (e.firma) y la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
Los contribuyentes, tanto personas físicas como morales, que realizan trámites en el SAT han experimentado, en el pasado, procesos engorrosos y prolongados que en ocasiones han causado confusión. Ante esto, el SAT ha optado por eliminar ciertos requisitos y optimizar sus plataformas digitales. Además, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), dirigido a pequeños y medianos contribuyentes, también ha sido objeto de cambios que prometen facilidades adicionales, aliviando las cargas administrativas de quienes tributan bajo este esquema.
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La simplificación de estos trámites busca modernizar el sistema tributario en en el pías, brindando mayor flexibilidad y rapidez a los contribuyentes. Estas modificaciones no solo permiten reducir el tiempo de espera en las oficinas del SAT, sino que también abren nuevas alternativas para realizar estos trámites de manera virtual.
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¿Qué trámites del SAT tendrán cambios?
Trámites del RFC y firma electrónica (e.firma)
Uno de los cambios más relevantes anunciados por el SAT es la simplificación del proceso de inscripción al RFC, tanto para personas físicas como morales. Anteriormente, era necesario que el contribuyente realizara una preinscripción en el Portal del SAT antes de acudir a una cita presencial. Sin embargo, con los nuevos cambios, este paso ha sido eliminado, permitiendo que los usuarios puedan gestionar su inscripción de manera más rápida y sencilla.
Para las personas físicas, el proceso de inscripción al RFC y la obtención de la firma electrónica (e.firma) se ha vuelto aún más accesible. Ahora, solo es necesario presentar la credencial de elector vigente expedida por el INE, siempre que esta contenga un domicilio visible y completo. Esto significa que ya no es obligatorio llevar la CURP ni un comprobante de domicilio, lo que reduce considerablemente la cantidad de documentos a presentar.
En cuanto a la renovación de la e.firma, el SAT también ha hecho cambios favorables para los contribuyentes. Las personas físicas cuya e.firma tenga menos de un año vencida pueden realizar el trámite por canales remotos. Si el trámite se hace de manera presencial, solo se necesita llevar una memoria USB y registrarse con la huella digital, lo que agiliza el proceso considerablemente.
Constancia de Situación Fiscal y su obtención
La Constancia de Situación Fiscal, uno de los documentos más solicitados por los empleadores y empresas en los últimos años, también ha sido objeto de mejoras en su proceso de obtención. El SAT facilitó este trámite, permitiendo que los contribuyentes puedan obtener su constancia con solo la huella digital o la credencial para votar, eliminando otros pasos que anteriormente se consideraban necesarios.
Además, quienes prefieren realizar sus trámites a distancia tienen la opción de obtener esta constancia desde cualquier lugar a través de diversas plataformas: el Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, el servicio de chat y la Oficina Virtual. Esta diversificación de opciones permite a los contribuyentes elegir la que mejor se adapte a sus necesidades y disponibilidad de tiempo.
Por si fuera poco, el SAT introdujo la Cédula de Datos Fiscales, una herramienta que permite a los contribuyentes consultar de manera rápida información importante como el nombre, RFC, régimen fiscal y código postal. Este nuevo servicio está disponible en la página oficial del SAT y ofrece una opción adicional para quienes necesitan acceder a estos datos de forma práctica.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), un esquema que ha beneficiado a pequeñas empresas y contribuyentes dedicados a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas, también recibió mejoras en favor de los usuarios. Uno de los cambios más destacados es que, a partir de ahora, los contribuyentes que tributan bajo este régimen quedan exentos de presentar la declaración anual, debiendo solo realizar pagos mensuales. Esto aligera considerablemente la carga administrativa de quienes se acogen a este esquema.
Además, aquellos contribuyentes que hayan salido del RESICO ahora tienen la posibilidad de regresar al régimen. Para hacerlo, solo es necesario presentar un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT. Este cambio abre la puerta a que más personas físicas puedan seguir beneficiándose de las facilidades que ofrece este régimen.
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