RESICO DEL SAT

¿Quieres cambiarte al RESICO? Estos son los requisitos y beneficios ante el SAT

Conoce los requisitos que el SAT pide en caso de que busques cambiarte al RESICO este 2024.

requisitos para cambiarse a RESICO en el SAT.Créditos: Especial Pixabay
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En el 2022 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en sustitución del Régimen de Incorporación (RIF), destinado a los pequeños contribuyentes, conoce cuáles son los beneficios fiscales y qué requisitos necesitas para cambiarte de régimen. 

Este 2024, el SAT dio a conocer los requerimientos que necesitan tener los contribuyentes tanto físicos como morales que se encuentran en el RESICO para permanecer en él.

Este régimen buscan reducir la tasa de impuestos para aquellas personas físicas y morales que pertenezcan o hagan actividades empresariales y profesionales, que se encuentren en el RIF, que usen o gocen de bienes inmuebles y que tengan actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas o microempresas cuyos ingresos no sean mayores 35 millones de pesos anuales. 

Qué beneficios tiene el RESICO ante el SAT

Este régimen ofrece al menos seis beneficios para los contribuyentes que permanezcan o se cambien, de acuerdo con el SAT, que son:  

  • Cálculo automático de impuestos. 
  • Pago de tasas mínimas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que van del 1 al 2.5%. 
  • Simplificación en la precarga de información de las declaraciones.
  • Ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente. 
  • En el RESICO el pago del ISR es fácil, sencillo y de forma eficaz. 
  • Si perteneces al sector primario y tus ingresos son menores a 900 mil pesos al año puedes exentar el pago de ISR siempre y cuando se hayan emitido facturas a clientes. 

Requisitos para permanecer en el RESICO este 2024 

El SAT recordó este 2024 que los contribuyentes deben presentar varios requisitos si buscan gozar de estos beneficios fiscales. 

  • Estar activos en el RFC. 
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
  • No estar en el listado 69-B del Código Fiscal de la Federación. 
  • Presentar los pagos provisionales y su declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados y que sean menores de los 3.5 millones de pesos anuales. 
  • Tener tanto firma como el Buzón Tributario activo. 

Si tienes dudas sobre tu régimen o situación fiscal, puedes pedir asesoría en el SAT