ADIÓS A TUS PAGOS...

Pensión Bienestar Adultos Mayores: por estas 6 RAZONES podrías PERDER tus pagos para siempre en 2023

No dejes que te sucedan estos errores y ya no puedas cobrar tu Pensión

Pensión Bienestar 2023: por estas 6 RAZONES podrías PERDER tus pagos para siempre.Pensión Bienestar 2023: por estas 6 RAZONES podrías PERDER tus pagos para siempre Créditos: Especial Heraldo Binario
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¿Eres beneficiario o beneficiaria de los programas del Bienestar, más específicamente de la llamada Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores?, si es así; debes saber que todas las personas que reciben esta ayuda gubernamental deben cumplir con ciertos requisitos para poder seguir recibiendo sus pagos o depósitos. 

Sin embargo, por algunas razones; ciertas personas pueden ser acreedoras a perder el dinero que les depositan en la tarjeta del Bienestar por parte de sus Pensiones para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, ahora bien; si no quieres que esto te suceda a ti, aquí en Heraldo Binario te damos a conocer las 5 principales causas por las que puedes perder tus pagos de manera definitiva, checa la información. 

Pensión Bienestar Adultos Mayores: por estas 6 RAZONES podrías PERDER tus pagos para siempre en 2023

¿Cuáles son las razones por las que podrías perder tu Pensión Bienestar en este 2023? 

Según lo reportado por el documento oficial Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2023, hay un apartado de dicho documento en donde se establece que se les dará de baja definitiva de la Pensión del Bienestar en los casos o razones siguientes:

  1. Cuando se notifique el fallecimiento de la persona derechohabiente por parte de la Delegación de Programas para el Desarrollo, Registro Civil, autoridad local o por la persona adulta auxiliar con el documento correspondiente.
  2. Cuando se identifique que la persona derechohabiente proporcionó información falsa o documentos apócrifos para cumplir con lo establecido en el numeral 3.3.2 de las presentes Reglas de Operación.
  3. Cuando se identifique a personas derechohabientes que no cumplan con lo establecido en el numeral 3.3 de las presentes Reglas de Operación.
  4. Cuando la persona derechohabiente o a través de su persona adulta auxiliar soliciten la baja voluntaria de la pensión, la cual se podrá realizar en cualquier momento del ejercicio fiscal.
  5. Por cambio de residencia permanente o temporal al extranjero.
  6. Cuando se confirme una duplicidad se dará de baja el registro de mayor antigüedad.

Así que ahora ya lo sabes, si quieres seguir recibiendo tu Pensión del Bienestar de manera continua y no te la vayan a quitar por alguna razón, procura no cometer ninguno de los errores anteriormente listado. 

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