DECLARACIÓN ANUAL

SAT 2023: Estos contribuyentes NO recibirán en AUTOMÁTICO la DEVOLUCIÓN de sus impuestos

Existen casos en que los contribuyentes no recibirán su saldo a favor de forma automática por parte del SAT, aquí te detallamos las razones

SAT 2023.A estas personas NO devolverá en AUTOMÁTICO la DEVOLUCIÓN de sus impuestosCréditos: Especial
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Si eres persona física no debes olvidar que durante abril se lleva a cabo la Declaración Anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), durante este periodo tendrás que reportar al fisco los ingresos del ejercicio fiscal del año anterior. Si el trámite fue hecho en tiempo y forma es muy seguro que recibas de manera automática tu saldo a favor, sin embargo, habrá otros casos en que la devolución de tus impuestos no proceda.

Lo primero que debes saber que la Devolución Automática de Impuestos es una de las facilidades que el SAT brinda a los contribuyentes para que puedan agilizar el depósito de sus saldos a favor en su declaración anual de impuestos 2022, no obstante, hay personas físicas que no podrán recibir de forma automática sus tributos o será de forma parcial.

Existen muchas causas por la cual tu saldo a favor no será devuelto de forma automática, estos van desde diferencias entre importes declarados por el retenedor (patrón), la verificación de comprobantes fiscales (CFDI´s) de deducciones personales o simplemente por un error de dedo al registrar la cuenta CLABE para el depósito del saldo a favor del ISR.

¿Qué contribuyentes NO reciben la devolución automática de sus impuestos?

De acuerdo con el SAT, no se consideran dentro del Sistema Automático de Devoluciones de Impuestos, los siguientes casos:

  • Si el saldo a favor es por un monto superior a 150 mil pesos, en este caso, la devolución se tendrá que solicitar con el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
  • Para los contribuyentes que soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al ejercicio 2022.
  • Las personas físicas que presenten la declaración mediante Contraseña, estando obligados a presentarla con firma electrónica (e.firma).
  • Para quienes presenten la solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2022 que hayan ingresado.
  • Si presentaste la declaración anual normal o complementaria del ejercicio fiscal 2022, posterior al 31 de julio del presente año.
  • Otra de las principales razones es cuando el contribuyente no declara el total de sus ingresos.
  • Si marcas la opción de compensación en la Declaración Anual en lugar de Devolución.
  • Tu domicilio fiscal se encuentra como no localizado.
  • Te encontraste inactivo durante el ejercicio o año que declaras.
  • Si durante el ejercicio al que corresponde el saldo a favor, la persona contribuyente se encuentre suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o como no localizable en su domicilio fiscal registrado.

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