En días recientes, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley del Seguro Social (LSS), depués de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenció que dicha ley discriminaba algunos casos para otorgar el derecho a pensión a parejas de derechohabientes. Esto dejaba excluido a los hombres cuya pareja falleciera, así como otros casos.
Ahora con la reforma a la LSS, se busca que las nuevas normas den garantía al derecho a la pensión por viudez sin discriminar a cónyuges, concubinas o concubinos de un trabajador activo, o que reciba la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que tenga acceso a esta prestación, en caso de viudez.
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En caso de viudez, los hombres podrán recibir pensión del IMSS
Ahora bien, la Cámara de Diputados modificó los artículos 64, 65, 84 y 130 de la LSS, los cuales estipulan como requisito para los hombres haber dependido de manera económica de sus esposas trabajadoras para tener acceso a la pensión por fallecimiento. De manera unánime, el pleno aprobó descartar dicha condición.
Ajustan artículos de la LSS para eliminar discriminación por género
En el dictamen que presentó al pleno la Comisión de Seguridad Social de San Lázaro, destaca que supuestos del artículo 64 de la LSS vigente “se sustentan en el matrimonio o concubinato como la unión de un hombre y una mujer y excluye a las parejas del mismo sexo”.
Lo anterior viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad, los principios de igualdad y no discriminación y la protección a la familia, explica el dictamen.
Sin embargo, con la reforma a la LSS, el artículo 64 ahora indicará que las pensiones y prestaciones se otorgarán “a la persona cónyuge supérstite (sobreviviente)”.
Mientras que, el artículo 65 indicará que el pago de pensión por viudez será “para quien haya vivido en concubinato con la persona asegurada”. De la misma manera, en el resto de los artículos también se elimina el género mujer y hombre y se sustituye por las personas beneficiarias o aseguradas.
Aún no está vigente la reforma, ¿qué sigue?
De momento, la reforma a la Ley del Seguro Social pasó al Senado de la República para ser analizada y votada. Si dicha Cámara la aprueba, el IMSS deberá entregar la pensión “al viudo o concubinario” y a cualquier persona que haya sido cónyuge de una persona asegurado o asegurada.
Además, se tendrá que ajustar su presupuesto para enfrentar la inclusión de más hombres al derecho de pensión por viudez.
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