Quiza uno de los múltiples íconos gastronómicos de la Ciudad de México, aparte de los famosos tacos, sean las ya bien conocidas micheladas. Para un capitalino residente de cualquier demarcación de la CDMX, es muy usual que a cualquier tianguis o mercado ambulante al que acuda los fines de semana, haya al menos un puesto vendiendo micheladas.
Sin embargo, parece ser que esto se termina, pues el día de ayer se dio a conocer que entrará en vigor un nuevo decreto para prohibir la venta de micheladas y demás productos en estos famosos tianguis y mercados de la CDMX. Así que parece ser que las famosas licuachelas en el tianguis están por pasar a la historia.
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De acuerdo con lo publicado en la a Gaceta de la CDMX, la disposición en contra de la venta de micheladas en los tianguis y mercados, establece que puede haber sanciones o revocación del permiso para vender en vía pública. Dicha disposición será aplicable tanto para los puestos ambulantes o para quienes tienen también un local.
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¿Micheladas estáran prohibidas en los Tianguis de la CDMX?
De acuerdo con la Gaceta Oficial de la CDMX, en su edició del 19 de octubre 2022, se establecen las modificaciones a los lineamientos para la operación de mercados móviles, en la modalidad de tianguis, bazares y complementarios, en donde se estipula que quedarán prohibidas las siguientes actividades o venta de productos dentro de los tianguis, mercados y bazares:
- La venta de bebidas embriagantes y medicamentos.
- La venta de animales exóticos y/o en peligro de extinción.
- La venta de telefonía celular, pirotecnia o cualquier otra mercancía o actividad ilícita.
- La realización de actividades de tatuajes, perforaciones o micro pigmentación por parte de cualesquiera de los oferentes en un Mercado Móvil en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios.
Por último, la Gaceta de la Ciudad de México, establece que en caso de incumplir con la venta de estos productos, será causa de revocación del permiso de operación permanente. Será la Secretaría la instancia que decida la revocación, garantizando el derecho de audiencia de la Asociación Civil. La Alcaldía, en su caso, deberá remitir a la Secretaría la petición y el expediente con las constancias correspondientes.
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