AGUINALDO 2021

¿Cuándo es el segundo pago del AGUINALDO 2021 para pensionados IMSS e ISSSTE?

El aguinaldo es una prestación monetaria que suele pagarse en dos partes, estas son los fechas del segundo depósito

Aguinaldo.Esas son las fechas de pago para el aguinaldo de los pensionados Créditos: Pexels
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El pago del aguinaldo es una de las prestaciones a las que todos los mexicanos o pensionados que se encuentran o encontraban bajo un régimen de trabajo asalariado tienen derecho y de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo indica que este derecho irrenunciable deberá pagarse durante el mes de diciembre. 

Desde hace un par de años, para reactivar la economía del país e incentivar las compras decembrinas, esta prestación económica comenzó a pagarse en dos partes, la primera antes de El Buen Fin (durante el mes de noviembre) y la segunda durante el mes de diciembre. Si quieres saber los días durante los cuales recibirás tu pago, ya seas pensionado del IMSS o ISSSTE, estas son las fechas. 

Pensionados del ISSSTE

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Egresos y la Unidad de Política y Control Presupuestario, dio a conocer que el aguinaldo de los pensionados afiliados al ISSSTE (aquellos que trabajaron en el sector gubernamental) deberán recibir lo proporcional a 40 días de salario y este deberá pagarse en dos exhibiciones. 

La primera antes del 8 de noviembre del año en curso y el segundo pago correspondiente al 50% o 20 días se pagará a más tardar el 15 de enero de 2022, de acuerdo como lo establezca la unidad de finanzas de su dependencia. 

Pensionados del IMSS

Por otro lado, aquellos pensionados que hayan laborado en el sector privado y afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), recibirán el segundo pago del aguinaldo desde el 1 o a más tardar el 20 de diciembre, concluyendo así lo acordado para el 2021, según la Ley del Seguro Social. 

¿Qué hacer si no lo recibes en estas fechas? 

Recuerda que si después del 20 de diciembre (en caso del IMSS) o el 15 de enero (en caso del ISSSTE) no has recibido tu aguinaldo o no te lo pagan debidamente, por ejemplo si te proporcionan un monto menor o se niegan a dártelo, puedes acércate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) y presentar una queja o denuncia. En cualquiera de los dos casos, tienes un año para hacer tu reclamación.

Si no cumpliste un año en tu lugar de trabajo, no es excusa para que no recibas esta prestación, ya que si tenías una relación laboral formal, la empresa para la que laborabas tiene la obligación de pagarte la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo que laboraste en la empresa o institución. Cuando el patrón no pague oportunamente el aguinaldo, o lo haga en cuantía menor a 15 días de salario, se puede hacer acreedor a una sanción por el equivalente de 50 a 5,000 veces el salario mínimo general

CONDUSEF 

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