REFORMA LABORAL

Jornada laboral: así serían los HORARIOS de trabajo si se aprueba reducción a 40 horas por semana

En caso de que aprueben la iniciativa de ley para reformar el artículo 123 constitucional, los horarios de trabajo diarios tendrían cambios. Aquí los detalles.

Actualmente el horario diario de trabajo es de 78 horas, según la LFT. Créditos: Spark
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Escrito en EMPRESAS el

El lunes 13 de noviembre se llevará a cabo la segunda sesión del Parlamento Abierto en la Cámara de Diputados, recinto donde se reanudará la discusión sobre la iniciativa de reforma para que el artículo 123 constitucional se cambie y con eso la jornada laboral en México se reduzca, pasando de 48 a 40 horas por semana. Mientras funcionarios y empresarios debaten los pros y contras de la propuesta, ya se habla de cómo serían los horarios de trabajo, en caso de dicha reducción se apruebe el próximo 21 de noviembre.

Si consultamos la Ley Federal del Trabajo (LFT), específicamente el artículo 61, podremos ver cómo están actualmente distribuidas las jornadas diarias de trabajo en México.

De acuerdo con dicho artículo, los horarios que rigen en el país al día de hoy están de la siguiente manera:

  • Jornada diurna: 8 horas por día
  • Jornada nocturna: 7 horas por día
  • Jornada mixta: 7 horas y media al día. 

Otro punto que igualmente se toca en la actual LFT es el horario del día en que cada jornada está concebida. Por ejemplo, la diurna debe llevarse a cabo entre las 6 de la mañana y las 8 de la noche, según el artículo 60 de la ley laboral vigente. En el caso de la nocturna, esta va de entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana del siguiente día; mientras que la mixta comprende periodos de tiempo tanto diurnos como nocturnos, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, ya que si dura más de ese tiempo se repuntará jornada nocturna.

Estos serían los horarios si se aprueba reducción de jornada laboral a 40 horas

En caso de que se aprobara la reducción de la jornada laboral en México a 40 horas por semana, los horarios de trabajo se ajustarían. Si se modifica el artículo 123 constitucional, la jornada diurna tendría que ser de 6 horas al día, ya que luego de la aprobación la semana laboral sería de cinco días y no de 6 como lo es hasta ahora. 

No obstante, en la jornada nocturna el trabajo diario no podría exceder las 7 horas. Y en lo que respecta a la jornada mixta, si el turno abarca más de 3 horas y media después de las 8 de la noche, el tiempo máximo que un trabajador tendría que laborar sería de 7 horas y media. 

Cabe destacar que el 13 de noviembre se realizará una nueva sesión en la que se discutirá el Empleo Jornada y estándares de producción. Y para el 21 de este mismo mes se presentarán las conclusiones y eventualmente procederá la discusión y votación, antes de que concluya el periodo de sesiones que se tiene pactado para el 15 de diciembre de 2023. 

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