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Rappi se ampara contra impuesto del 2% por uso de infraestructura, promovido por el Gobierno de CDMX

La empresa alega que es inconstitucional la medida propuesta por el Gobierno de CDMX y aprobada por el Congreso local.

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Esta semana, Rappi, la plataforma de reparto y entregas a domicilio, consiguió un amparo que suspende de manera provisional el artículo 307 TER del Código Fiscal de la Ciudad de México, con el que el gobierno de CDMX estableció un impuesto del 2% por el aprovechamiento de la infraestructura de movilidad capitalino por parte de estas empresas.

El impuesto obliga a empresas como Rappi, Uber, Didi, Mercado Libre y Amazon a que paguen un 2% sobre sus comisiones por el aprovechamiento de la infraestructura pública de la CDMX.

Recordemos que el artículo 307 TER fue integrado al Código Fiscal de CDMX por el actual gobierno como parte de la propuesta de Paquete Económico para 2022 y fue aprobado por el Congreso local el 15 de diciembre de 2021.

Rappi alega inconstitucional el impuesto de 2%

De acuerdo con el periódico Reforma, después de que la empresa presentó un amparo, en el cual cuestionó si la modificación al Código Fiscal capitalino es constitucional, el juez federal Germán Cruz Silva concedió a la empresa Rappi la suspensión provisional.

“El cobro es intransferible y no estará sujeto a traslación, ni deberá incluirse en el costo total a cargo del usuario, ni cobrarse a los terceros oferentes o a cualquier otro tercero que realice la entrega de paquetes, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía”, indica el Código Fiscal de CDMX.

Este amparo se suma a otras acciones legales en contra de la medida. Los repartidores que usan estas plataformas para laborar también emprendieron acciones legales en contra del impuesto del 2%.

El 20 de enero, las y los miembros del colectivo Ni Un Repartidor Menos presentaron un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ante un tribunal colegiado de la Ciudad de México.

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