El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a través de su sitio web la prórroga del uso obligatorio del complemento Carta Porte a partir este 2021, la cuál estará vigente hasta 2022. Te contamos lo que debes saber al respecto.
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¿Qué es la Carta Porte del SAT?
El complemento Carta Porte es un instrumento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo Traslado, el cual se usa para documentar la posesión de mercancías, el cual brinda información sobre la procedencia y los destinos a donde se trasladan mediante de los distintos medios de transporte: terrestre, aéreo, marítimo y ferroviario.
Por lo tanto, los contribuyentes que brindan servicios de traslado de mercancías por los distintos medios de transporte podrán emitir una factura electrónica de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con el que se podrá amparar posesión de las mercancías de manera legal.
¿Hasta cuándo será obligatoria la Carta Porte?
El uso del complemento Carta Porte será obligado a partir del 1 de diciembre de 2021. En la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, primera versión, el SAT ajustó la primera resolución publicada el pasado 3 de mayo.
Además, el fisco precisó que se considera el cumplimiento de la nueva regla cuando los contribuyentes emita la factura al que se incorpore la Carta Porte antes del 1 de enero de 2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.
En ese sentido, el 3 de septiembre, la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, dio a conocer sobre la prórroga a la regla que originalmente sería obligatoria a partir de este 30 de septiembre para empresas logísticas, como transportistas, generadores de carga, así como intermediarios.
Solo un mes para ajustarse al nuevo requerimiento
De esta manera, del 1 al 31 de diciembre de 2021 será el periodo de prueba, en el que el SAT no sancionará si comentan errores en la expedición de los CFDI con el nuevo complemento. Además, la Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Cabe mencionar que la autoridad otorgó dos meses de prorroga, en los cuales se deberá revisar aspectos jurídicos, normativos y de seguridad que involucran a los transportistas, dueños de mercancías, así como intermediarios en los servicios logísticos.
Es importante que las empresas encuentren mecanismos para administrar e intercambiar la información necesaria para llenar los más de 180 campos de texto que conformar la Carta Porte, de los cuales, cerca de un 80% son brindados por los usuarios del servicio de transporte de bienes y mercancías.
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