AHORRO

¿El SAT te puede multar por hacer tandas? Esto es lo que dice la ley en 2026

Las tandas siguen siendo uno de los métodos de ahorro más usados en México.

¿Puede una tanda meterte en problemas con el SAT? Un aviso generó dudas entre ahorradores.Créditos: Freepik / Canva
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Las tandas forman parte de la vida financiera cotidiana de los mexicanos. Sin embargo, a inicios de 2026 comenzaron a circular versiones en redes sociales que alertaban sobre supuestas multas, fiscalización e incluso bloqueos de cuentas por participar en este tipo de esquemas de ahorro informal.

Ante la confusión, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un comunicado oficial para desmentir estos rumores y precisar cuál es el alcance real de sus facultades fiscales.

El tema cobró relevancia no solo por el interés tributario, sino porque las tandas siguen siendo una práctica común en un país donde el ahorro formal aún enfrenta retos estructurales.

La multa por hacer tandas: esto dijo el SAT

El SAT fue claro: no existe ninguna multa, impuesto ni programa de fiscalización dirigido a las tandas. En su comunicado, la autoridad fiscal aseguró que no realiza operativos ni auditorías específicas sobre estos mecanismos de ahorro popular.

La institución precisó que las tandas no son ni serán objeto de fiscalización por el simple hecho de operar como acuerdos privados entre personas.

Tampoco hay contribuciones nuevas ni sanciones previstas en la legislación fiscal por participar en ellas, por lo que las versiones difundidas en redes y algunos medios carecen de sustento legal.

Eso sí, el SAT recordó que conserva sus facultades generales de comprobación, aplicables a todos los contribuyentes.

Esto implica que puede solicitar aclaraciones cuando detecta discrepancias entre depósitos bancarios y los ingresos declarados, sin que la revisión esté enfocada en la tanda como práctica, sino en la congruencia fiscal de los movimientos financieros.

¿Qué es una tanda y por qué son populares entre los mexicanos?

Una tanda es un esquema de ahorro colectivo en el que varias personas aportan una cantidad fija de dinero durante un periodo determinado y, por turnos, reciben el monto total acumulado.

Su popularidad radica en la simplicidad, la confianza comunitaria y la ausencia de intermediarios financieros. A diferencia de productos bancarios, la tanda tradicional no genera intereses ni rendimientos, por lo que no constituye una ganancia nueva, sino la administración anticipada o diferida del dinero propio.

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), este tipo de prácticas siguen siendo comunes en el país.

Créditos: Freepik

La Condusef estima que el 44% de las personas que ahorran en México lo hacen fuera del sistema financiero formal, principalmente guardando dinero en efectivo en casa (65%) o participando en tandas (32%).

Aunque estas prácticas no son ilegales ni fiscalizadas por el SAT, el organismo advierte que implican riesgos, como la falta de protección, pérdida del dinero o incumplimiento de algún integrante del grupo.

Precisamente por esa naturaleza, el SAT explicó que las tandas no representan una señal de alerta fiscal. El dinero que circula en ellas ya fue gravado previamente como ingreso, y mientras no existan comisiones, intereses o rendimientos, no se genera una obligación tributaria adicional.

Preguntas frecuentes

  • ¿El SAT puede multarme por participar en una tanda?

No. En 2026 no existe ninguna multa ni fiscalización dirigida específicamente a las tandas.

  • ¿Los depósitos de una tanda pueden generar una revisión fiscal?

Solo si los movimientos bancarios no coinciden con los ingresos declarados, como ocurre con cualquier otro depósito.

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