Durante el mes de abril, las personas físicas deberán presentar su Declaración Anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto podría traer beneficios, en caso de que cuentes con saldo a favor, pero también sorpresas amargas si es que presentas adeudos difíciles de pagar, sin embargo, existen maneras para reducir el monto pendiente.
De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el programa de Regulación Fiscal consiste en una disminución del 100 por ciento del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución, lo cual facilita el pago de los adeudos fiscales y fomenta el cumplimiento y regularización de las obligaciones fiscales de personas físicas, así como de micro, pequeñas y medianas empresas.
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Podrán aplicar al programa las personas físicas y morales con ingresos totales de hasta 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal a corregir, siempre y cuando tengan a su cargo contribuciones que no hayan sido determinadas por la autoridad federal o cuotas compensatorias omitidas, que se encuentren sujetos a facultades de su comprobación, que estén pagando créditos fiscales a plazos o que tengan a su cargo créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal.
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Esto necesitas para pagar tu deuda en el SAT
Para formar parte de este programa requerirás cumplir con los siguientes puntos:
- Que no hayas recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales, con base en los programas generalizados y masivos de 2000, 2007 y 2013.
- Que los créditos fiscales sobre los cuales se aplique el estímulo fiscal correspondan a ejercicios fiscales en los que los ingresos totales no hayan excedido de 35 millones de pesos.
- No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
- No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.
- La autoridad señala que la reducción es aplicable a los siguientes adeudos de ejercicios 2023 o anteriores determinados por el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM):
- Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias.
- Multas impuestas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
- Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
- Multas con agravantes.
Cabe mencionar que las multas entran en este programa sólo si fueron determinadas conjuntamente con contribuciones federales o cuotas compensatorias omitidas.
Además, el SAT señala que la aplicación de la disminución fiscal a través del programa no se considera como ingreso acumulable para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en ningún caso dará lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
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