En el marco de la discusión del paquete económico 2026, el Gobierno federal presentó una serie de modificaciones que impactarán directamente en la forma en que las personas físicas cumplen con sus obligaciones y pagan el total de sus impuestos como contribuyentes ante el SAT, particularmente aquellas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza.
La reforma fiscal llama la atención debido a que incorpora medidas que buscan reducir cargas administrativas y ajustar sanciones en función de la capacidad económica, lo que podría modificar la manera en que los contribuyentes manejan sus impuestos. Los cambios propuestos para el próximo ejercicio se encuentran incluidos en la reforma fiscal 2026 publicada en el Diario Oficial de la Federación para el SAT.
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Los ajustes mencionados responden a la necesidad de adaptar el marco tributario a la realidad de las personas físicas con menor capacidad operativa, quienes han enfrentado dificultades relacionadas con la presentación de declaraciones y la emisión de comprobantes. Tanto el SAT como los especialistas coinciden en que el nuevo enfoque pretende equilibrar el cumplimiento de impuestos sin afectar la continuidad de actividades económicas esenciales.
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Principales cambios para contribuyentes RESICO-PF
Uno de los ajustes centrales es la intención de que las personas físicas en RESICO-PF dejen de presentar la declaración anual ante el SAT, debido a que sus pagos provisionales ya se consideran definitivos. Esta medida pretende evitar que los contribuyentes caigan en supuestos que puedan derivar en la restricción temporal de su Certificado de Sello Digital, lo que impediría la emisión de CFDI.
Con esto, la reforma incorpora en ley lo que ya operaba desde versiones anticipadas de la Resolución Miscelánea: simplificar la carga de impuestos para las personas físicas que tributan bajo este régimen conocido como RESICO. Otro cambio relevante es la revisión de sanciones relacionadas con la expedición de comprobantes fiscales ante el SAT.
Aunque la legislación contempla multas reducidas para personas físicas que antes pertenecían al RIF, este beneficio no se extiende a los contribuyentes de RESICO, aun cuando ambos esquemas fueron diseñados para facilitar el cumplimiento de impuestos.
Esto significa que, pese a la intención de apoyo, las personas físicas en RESICO-PF podrían enfrentar sanciones más elevadas si omiten la entrega de CFDI, lo que ha generado debates sobre la equidad de la reforma y el papel del SAT en la adecuación de cargas fiscales a la hora de hacer la cuenta para los impuestos.
Preguntas frecuentes
1. ¿Seguirán presentando declaración anual las personas físicas en RESICO?
- No, el SAT propone que las personas físicas en RESICO no presenten declaración anual porque sus pagos ya son definitivos en materia de impuestos.
2. ¿Cambiarán las sanciones por no emitir CFDI?
- Sí, pero las personas físicas en RESICO no tendrán las multas reducidas que aplicaban a otros regímenes, según lo previsto por el SAT en materia de impuestos.
3. ¿Qué busca la reforma fiscal 2026?
- Reducir cargas para personas físicas, ordenar procesos ante el SAT y ajustar reglas relacionadas con impuestos y comprobantes.
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