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SAT: ¿Qué hacer si no has recibido la devolución de saldo a favor en mayo?

Miles de contribuyentes en México se encuentran a la expectativa de recibir su depósito correspondiente al saldo a favor tras cumplir con la Declaración Anual de 2025

Ahora en mayo, es fundamental saber qué hacer ante el SAT si no se ha recibido el saldo a favor correspondiente.Créditos: Heraldo Binario / Canva
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Tras concluir el periodo principal de la Declaración Anual de 2025 para personas físicas, miles de contribuyentes en México se encuentran a la expectativa de recibir su depósito correspondiente al saldo a favor

Sin embargo, al llegar a la mitad de mayo, un sector considerable de la población reporta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aún no ha hecho la devolución. Ante esta incertidumbre, es fundamental saber qué hacer si no se ha recibido el saldo a favor que corresponde. 

¿Cómo saber el estatus de la devolución?

El primer paso indispensable es verificar el estatus de la solicitud de devolución a través del portal oficial del SAT, en la sección de "Devoluciones y Compensaciones". Al ingresar con la e.firma o el RFC y contraseña, el sistema permite consultar el seguimiento de trámites

Si el estatus aparece como "En proceso de validación", significa que la autoridad aún está cotejando la información; pero si el estado es "Rechazada", el contribuyente debe descargar el archivo de inconsistencias, donde el SAT detalla los motivos específicos por los cuales no se autorizó el depósito automático. 

Se puede verificar el estatus de la solicitud de devolución a través del portal oficial del SAT. Foto: Heraldo Binario

Razones más comunes por las que el SAT retiene el dinero

Entre las razones más comunes por las que el SAT retiene el dinero se encuentran las discrepancias en las facturas de deducciones personales, errores en el número de cuenta CLABE o la omisión de ingresos por parte de los retenedores (patrones). 

Si el problema es meramente de forma, como un dígito mal capturado en la cuenta bancaria, el usuario puede realizar una sustitución de cuenta. No obstante, si la autoridad detecta que el cálculo del saldo a favor no coincide con sus registros, será necesario presentar una declaración complementaria para corregir los datos. 

¿Cuándo se recurre al "Formato Electrónico de Devoluciones" (FED)?

En los casos donde el sistema automático no resuelve la situación, los contribuyentes deben recurrir al "Formato Electrónico de Devoluciones" (FED). Este proceso es manual y requiere que el interesado adjunte toda la documentación comprobatoria, como estados de cuenta bancarios, comprobantes fiscales digitales (CFDI) y, en ocasiones, contratos o recibos de nómina. 

Es importante recordar que el SAT tiene un plazo legal de hasta 40 días hábiles para dar una respuesta definitiva una vez que se ingresa esta solicitud formal de devolución. 

El SAT tiene un plazo legal de hasta 40 días hábiles para dar una respuesta definitiva sobre la devolución de saldo a favor. Foto: Heraldo Binario.

¿Qué hacer si el rechazo a la devolución de saldo a favor es injustificado?

Otro factor que podría estar frenando el recurso es tener créditos fiscales firmes o adeudos de ejercicios anteriores. En estos escenarios, el SAT aplica la compensación de oficio, utilizando el saldo a favor para cubrir las deudas pendientes antes de entregar cualquier excedente. 

Si el contribuyente considera que el rechazo es injustificado o que la autoridad está excediendo los tiempos de respuesta, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) para recibir asesoría gratuita y, de ser necesario, iniciar un proceso de queja.

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