Adquirir un patrimonio es una de las principales metas de vida para muchas personas, pero en México cada vez es más difícil lograrlo.
El alto costo de la vivienda, los salarios estancados, la inflación y la escasez de opciones accesibles se han convertido en grandes obstáculos al momento de comprar un inmueble.
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Ante este panorama, consultar portales inmobiliarios y utilizar herramientas de la CONDUSEF, así como simuladores de Infonavit o Fovissste, se vuelve fundamental para planear mejor la compra.
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Sin embargo, aunque algunas propiedades se ofertan por debajo de su valor comercial y parecen una oportunidad, también pueden implicar complicaciones fiscales para los contribuyentes.
SAT advierte sobre cobro a mexicanos que cumplan este requisito
Los contribuyentes que adquieren una propiedad en oferta o por debajo de su valor comercial podrían enfrentar un ajuste fiscal por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La autoridad tiene la facultad de considerar la diferencia entre el precio pagado y el valor real del inmueble como un ingreso indirecto, sujeto al pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Este criterio cuenta con respaldo legal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que su aplicación es válida.
¿Por qué existe este cobro?
El SAT interpreta que comprar un inmueble muy por debajo de su valor real representa un beneficio económico tangible, aunque el contribuyente no haya recibido dinero adicional en su cuenta.
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en el Título IV, Capítulo V sobre ingresos por adquisición de bienes, el artículo 130, fracción IV establece que existe un ingreso gravable cuando el valor determinado mediante avalúo supera en más de 10% el precio de compra.
Es importante destacar que el impuesto no se calcula sobre el valor total del inmueble, sino únicamente sobre la diferencia entre el precio pagado y el valor de avalúo.
Por ejemplo, si compras una propiedad en 800,000 pesos y el avalúo la sitúa en 950,000, el ISR se aplicaría sobre los 150,000 pesos de diferencia.
¿Cómo se determina el gravamen?
Para identificar si existe esta diferencia, el SAT utiliza avalúos realizados por peritos o corredores autorizados, valores de mercado y referencias de operaciones similares en la misma zona y periodo.
Con estos elementos, establece un valor real del inmueble y lo compara con el monto declarado en la escritura. Si la diferencia es considerable, se activa el cobro correspondiente.