Las celebraciones decembrinas implican un aumento significativo en los gastos familiares, principalmente por la compra de regalos y las cenas de Navidad y Año Nuevo. Ante este panorama, los trabajadores del sector formal cuentan con una ventaja clave: la llegada del aguinaldo.
Esta prestación está regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y consiste en un pago anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario. La ley establece que el aguinaldo es un derecho irrenunciable y aplica para todos los trabajadores sujetos a esta normativa, ya sean de planta o contratados por obra o tiempo determinado.
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Incluso quienes no han cumplido un año de servicio tienen derecho a recibir esta prestación de forma proporcional al tiempo laborado. Es decir, aunque el trabajador haya estado contratado solo algunos meses, el empleador está obligado a pagar la parte correspondiente del aguinaldo.
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El pago del aguinaldo se realiza durante el último bimestre del año, entre noviembre y diciembre. No obstante, las fechas pueden variar según la empresa y el sector; por ejemplo, los trabajadores del sector federal suelen recibirlo a partir del 10 de noviembre de 2025.
Aguinaldo 2025: ¿qué hacer legalmente si no te lo depositan antes del 20 de diciembre?
Tanto el sector público como el privado deben respetar una fecha límite. La LFT establece que el aguinaldo debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre, con el objetivo de que los trabajadores puedan disponer de este ingreso antes de las fiestas decembrinas.
Cuando un empleador no deposita el aguinaldo antes de esa fecha, incurre en un incumplimiento legal. Ante esta situación, el primer paso es dialogar con el empleador y solicitar, de preferencia por escrito —mediante correo electrónico o documento formal— una explicación y el pago inmediato de la prestación.
Procedimiento legal
Si no hay una respuesta favorable, el siguiente paso es acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), institución que brinda asesoría, orientación, conciliación y representación legal gratuita a los trabajadores. Los canales de atención son:
- Teléfonos: 800 717 2942, 800 911 7877 o 55 5998 2000
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Atención presencial: en cualquiera de sus oficinas en el país
- En línea: a través de su sitio web para orientación laboral
La denuncia formal puede presentarse dentro de un plazo de hasta un año, contado a partir del 20 de diciembre de 2025; es decir, hasta el 20 de diciembre de 2026, para reclamar el pago del aguinaldo. Si no se logra un acuerdo en la PROFEDET, el caso puede escalar a instancias legales.
Multas y sanciones
El incumplimiento en el pago del aguinaldo —ya sea por no depositarlo, hacerlo fuera de tiempo o pagar una cantidad incompleta— conlleva sanciones económicas para el empleador.
Las multas van de 50 a 5,000 veces la UMA, lo que en 2025 equivale aproximadamente a entre 5,657 y 565,700 pesos por cada trabajador afectado. Cabe destacar que pagar la multa no exime al empleador de la obligación de cubrir el aguinaldo adeudado.