PENSIONES

SAT: Pensionados del ISSSTE deben de hacer su declaración anual 2023 si cuentan con estas características

¿Eres pensionado del ISSSTE? ¡Prepárate! Pues deberás presentar tu declaración anual ante el SAT, sin cumples con ciertos requisitos especiales.

Los pensionados del ISSSTE deberán presentar su declaración anual este 2024. Créditos: Canva studioroman/ Gobierno de México
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De manera obligatoria, cada año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita la declaración anual de los contribuyentes, y este 2024, los pensionados del ISSTE también deberán prepararse para presentar todo lo relacionado con el ejercicio fiscal 2023.

Así que si tú eres pensionado del ISSSTE, aquí en Heraldo Binario te compartimos todos los detalles para saber si deberás o no, presentar tu declaración anual el próximo mes de abril.

¿Qué pensionados del ISSSTE deben presentar declaración anual este 2024?

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), ha informado de manera oficial, que los jubilados y pensionados por parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tendrán que preparar su declaración, siempre y cuando cumplan con alguna de las siguientes características:

  • Si el monto de sus ingresos anuales es superior a los 400 mil pesos mexicanos.
  • Si existen dos o más ingresos, aunque estos no superen los 400 mil pesos mexicanos anuales.
  • Si los pensionados obtienen ingresos por concepto de arrendamiento.
  • Si los pensionados perciben ingresos por concepto del régimen de actividad empresarial.

Ten en cuenta que la declaración anual del ejercicio fiscal 2023, deberá presentarse de manera obligatoria entre el 1 de abril y hasta el 30 de abril, por lo que te invitamos a prepararte con antelación.

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¿Qué papeles se necesitan para la declaración anual?

Si estás listo para cumplir con tus obligaciones ante Hacienda, es importante que tengas a la mano los siguientes documentos; ¡toma nota!

  • Recibos de pagos y retenciones de impuestos
  • Deducciones fiscales aplicables: Pueden ser recibos de gastos médicos, educativos y demás deducciones personales.
  • Constancias por intereses percibidos: En caso de contra con inversiones a largo plazo u otras inversiones que generen intereses.
  • Registro de ingresos: Registro en el que se muestre el salario que percibes, además de otras fuentes de ingreso.