Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), revelan que solo 4 de cada 10 personas con discapacidad forman parte de la población económicamente activa, lo que significa que este sector difícilmente encuentra trabajado y cuando lo consiguen, perciben un ingreso mensual 13% menor.
Para compensar esta situación es que se creó, como parte de los Programas del Bienestar, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente. Por medio de este, se busca garantizar los derechos y libertades fundamentales a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas indígenas, afromexicanas y adultas con discapacidad a través de un apoyo económico de 3 mil 100 pesos de manera bimestral.
Si tu o alguien pertenece a esta población y aún no recibe el apoyo del gobierno, te decimos cuáles son los requisitos para que apliquen.
Recuerda que esta pensión está elevada a rango constitucional, por lo que el Estado mexicano tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir su entrega sin importar el gobierno en turno.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente?
Al ser una pensión que nació derivado de las limitaciones en la interacción de las personas que viven con alguna discapacidad que a su vez, registra una mayor prevalencia en personas en situación de pobreza, estos son los requisitos que deben cumplir los solicitantes:
- Tener entre 0 y 29 años de edad y padecer una discapacidad.
- Acta de nacimiento en original y copia.
- Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de INAPAM).
- CURP en original y copia.
- Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad)
- Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
En caso de que el o la solicitante no pueda acudir personalmente al registro, es posible que nombre a otro adulto auxiliar para que acuda en su representación.
De recurrir a esto, la persona que se designe deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
Si los solicitantes viven en municipios o localidades indígenas o afromexicanas, así como municipios y localidades con alto o muy alto grado de marginación el apoyo podrá extenderse hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad