Los apoyos para el bienestar se han convertido en uno de los más solicitados por las personas pues desde 2018 han beneficiado a más de 14 millones de adultos mayores, convirtiendo a la Pensión Bienestar en uno de los apoyos indispensables por los que el gobierno federal ha apuntado, con el fin de no dejar desamparados a los adultos mayores, además de que también se ha apoyado a las personas con discapacidad.
Es por ello que muchos se han preguntado si los adultos mayores con discapacidad recibirán un doble pago, o dos Pensiones del Bienestar, por lo que ahora en Heraldo Binario te resolveremos esta duda, según los lineamientos expresados tanto por la Constitución Mexicana como por los de la Secretaría del Bienestar.
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Actualmente, existe una Pensión Bienestar para cada uno de los grupos específicos, es decir, para personas con discapacidad y otro para adultos mayores, por lo que esta confusión puede ser común entre la población, sin embargo, cada una de estas pensiones tienen sus propias reglas y formas de operar por lo que son muy claras sobre si los adultos mayores pueden recibir doble pago de Pensión Bienestar.
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¿Se puede recibir doble pago de la Pensión Bienestar si soy adulto mayor con discapacidad?
En la última reforma hecha a la constitución se establece que la Pensión Bienestar es de carácter universal para todos los adultos mayores de 65, mismo que se establece en el artículo 4 de la Carta Magna, en las que también se establece que todas las personas con discapacidad menores de 65 años deben recibir una pensión.
De esta manera, las personas con discapacidad recibirán el pago de una Pensión Bienestar propia; sin embargo, al cumplir los 65 años, podrán solicitar la Pensión Bienestar para Adultos mayores, por lo que la primera se deshabilitará, para dar paso al monto bimestral de 6 mil pesos, por lo que la respuesta es que los adultos mayores con discapacidad no reciben un doble pago, pero al cambiar de tipo de pensión los recursos son superiores al de la pensión de discapacidad.
Requisitos para la Pensión Bienestar
Para poder recibir la Pensión Bienestar, se debe cumplir con algunos requisitos como:
- Acta de nacimiento
- Una identificación oficial vigente (Credencial para votar, pasaporte o tarjeta del INAPAM)
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Comprobante de Domicilio no mayor a seis meses
- Teléfono de contacto celular y de casa
En caso de que así lo solicite, también se puede registrar a una persona adulta auxiliar que podrá realizar algunos trámites de la persona mayor que representa y para lo cual se debe entregar los siguientes documentos.
- Acta de nacimiento
- Identificación oficial vigente: (INE, pasaporte)
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
- Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor
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