REGRESO A CLASES

¡A pedir factura! Estos gastos escolares los puedes deducir

Todas las transacciones deben realizarse electrónicamente, sin involucrar efectivo

¡A pedir factura! Estos gastos escolares los puedes deducir.Créditos: Especial Cuartooscuro
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El ciclo escolar 2023-2024 está por comenzar, si ya compraste todos los útiles, uniformes e inscripción para este nuevo periodo educativo te conviene saber que hay gastos que puedes facturar y deducirlos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Es importante recalcar que para poder participar en este proceso será necesario cumplir con una serie de requisitos para dar validez a la operación y así el organismo fiscalizador pueda admitirla como parte de los gastos deducibles.

Para el SAT los gastos relacionados con colegiaturas y transporte escolar se pueden reportar bajo el marco de las deducciones personales para los ingresos acumulables, estas corresponderán al ejercicio fiscal 2023, por lo que tendrás que integrarlas en tu declaración anual para obtener el saldo a favor y tengas el impuesto de vuelta.

¿Cómo puedo deducir estas operaciones?

Es importante tener en cuenta que todas las transacciones deben realizarse electrónicamente, sin involucrar efectivo. Cada gasto educativo debe estar respaldado por un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), donde los conceptos facturados deben ser claros y las claves correctas.

Los medios de pago aceptados incluyen cheques nominativos, transferencias electrónicas, tarjetas de crédito y débito, así como tarjetas de servicios. Es fundamental respetar las cantidades máximas deducibles y las fechas límite de pago.

¿Cuál es el monto que se puede deducir?

Las colegiaturas tienen un tope para su deducción que va acorde al nivel escolar que se esté cursando, pero engloban desde el nivel preescolar hasta la preparatoria y bachillerato, para kínder se tiene el límite de 14,200 pesos, primaria hasta 12,900 pesos, secundaria 19,900 pesos, profesional Técnico hasta 17,100 pesos, bachillerato/ preparatoria 24,500 pesos.

Por su parte, los gastos de movilidad de hijos o nietos también son deducibles, siempre y cuando sean obligatorios en la institución educativa o se cobren a todos los alumnos con un concepto separado en el CFDI.

Ahora bien, en el caso de los lentes, si se compraron alguno de estos primero se debe acreditar com un gasto médico, pues el SAT solo permite esta deducción si fueron prescritos por un médico al ser recetados como lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales

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