Contar con un testamento o seguro de vida para evitar a los familiares contratiempos y malentendidos deberías ser parte de la cultura legal y financiera de todos los hogares de México; sin embargo, estas prácticas aún están en construcción y en ocasiones su omisión acarrea más obligaciones durante el luto.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclaró que existen diversos productos financieros que cuentan con seguros de vida que amparan el deceso del titular de la cuenta, algunos recursos que tienen esta modalidad son los créditos de nómina, hipotecarios y ciertas tarjetas de crédito, en cada caso se debe contemplar lo estipulado en el contrato y si existe alguna cláusula que precise el vencimiento del seguro en caso de omisión de pago.
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Este tipo de seguros son eficaces cuando se contratan préstamos por largos plazos, así los titulares les permiten a las familias continuar con la certeza de que no habrá un cobro extra si algo les llegara a ocurrir; sin embargo hay tipos de deudas que son heredables y que solo se podrán terminar hasta concluir con el pago total del monto.
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Tarjetas de crédito
Hay productos en el mercado que cuentan con seguro de vida que ayuda con la cancelación en caso de fallecimiento; no obstante, una cláusula común entre los ofertantes es que en caso de morosidad se invalida la cobertura del seguro, entonces para poder aplicar este se tendrá que estar al corriente con los pagos.
Hipotecas mancomunadas
Como se mencionó párrafos arriba, los créditos hipotecarios brindan la oportunidad de contar con un seguro (con un pago extra) que ampare este suceso, pero qué pasa cuando se hace de forma mancomunada, en la revisión del contrato se debe ser muy meticuloso y cerciorarse que la póliza sea mancomunada, así al momento del deceso se liquidará el total de la deuda, pese a que alguno de los cónyuges siga con vida.
Otros casos
La Condusef aclaró que las personas están obligadas a pagar la deuda cuando co-firmaron la obligación, si se es el cónyuge de la persona fallecida, también en caso de ser responsable legal de liquidar la herencia del finado y no se cumplieron con las leyes aplicables.
En caso de ser el albacea (persona nombrada en un testamento responsable de liquidar la deuda) o si se es el obligado solidario, es decir, aval o fiador, también se tendrá que cubrir la deuda total.
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