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SAT 2023: Esta es la FECHA límite para la CANCELACIÓN de facturas en personas físicas

La cancelación de un CFDI debe de realizarse dentro del ejercicio que se expidió, de lo contrario el contribuyente seria acreedor a una multa

SAT 2023.Esta es la fecha límite para la cancelación de facturas en personas físicas.Créditos: Especial
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Si eres persona física y tienes pendiente ante el SAT la cancelación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o facturas electrónicas debes saber que este solo puede realizarse dentro del ejercicio en el que se expidieron ya que de lo contrario podrías hacerte acreedor a una multa correspondiente entre el 5% y 10% del monto de esa factura. Aquí te mostramos la fecha límite para su cancelación, y evites problemas con el fisco.

Según la Regla 2.7.1.47., de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), la cancelación de los CFDI del ejercicio 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria, podrá efectuarse a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual que se presenta este 2023.

“2.7.1.47. Para los efectos del artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF, la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante”, señala el articulo

Esto significa que, las fechas límite para la cancelación de los CFDI o facturas electrónicas son las siguientes, según la persona:

  • Persona moral: 31 de marzo de 2023
  • Persona física: 30 de abril de 2023

Sin embargo, apenas hace unos días el SAT de decidió extender el periodo para realizar la declaración anual hasta el 2 de mayo. Las fechas que se establecieron en un primer momento para la presentación de la declaración anual 2022 era del 1 al 30 de abril, sin embargo, la misma dependencia decidió dar un día extra en favor de los contribuyentes.

SAT da nueva prórroga para FACTURA 4.0

De igual forma, el SAT decidió dar una nueva prórroga para que las empresas puedan emitir la factura electrónica versión 4.0, la cual sería la única válida a partir de este 1 de abril de 2023, sin embargo, el fisco dio a conocer que extendió el plazo para que entre en vigor de forma obligatoria.

En un comunicado el pasado 1 de abril, el SAT detalló que su objetivo es ofrecer una mejor atención al contribuyente, por lo que, además de este plazo a los nuevos recibos fiscales, también otorgó más tiempo a las personas que están bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y buzón tributario actualizado también la misma fecha.

Los contribuyentes obligados a emitir comprobantes fiscales de tipo nómina, podrán realizarlos en su versión 3.3 hasta el próximo 1 de julio de 2023, para que, durante dicho plazo, puedan contar con todos los requisitos necesarios en las disposiciones fiscales para la emisión del CDFI en su versión 4.0.

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