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SAT podría MULTARTE hasta con 2 millones de pesos, si no cumples con esta nueva obligación fiscal

El no cumplir con este nuevo requisito ante el fisco te puede llevar a pagar una multa de millones de pesos y hasta ir a prisión

SAT 2023.Se acerca la fecha límite para que presentes la declaración anual. Créditos: Especial
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A partir de este año, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) agregó una nueva obligación fiscal, que de no cumplir con ella, los contribuyentes podrían ser acreedores a una multa económica importante de hasta 2 millones de pesos. Aquí te decimos de qué se trata este nuevo requisito, para evitar alguna sanción por parte del fisco.

Este nuevo requisito que se integró al Código Fiscal deberá ser proporcionado por los contribuyentes ante el SAT, en un plazo de 15 días hábiles, de lo contrario la multa será de un millón a dos millones de pesos, mientras que la sanción por no otorgar información actualizada podrá ser de hasta un millón de pesos.

En tanto, si la información que se le brinda al Servicio de Administración Tributaria es de forma incompleta, distinta o presenta errores; el contribuyente tendrá que pagar de 500 a 80 mil pesos. Es importante recordar que ninguna multa no se puede negociar de ninguna forma y se tendrá que liquidar completamente. 

Adem??s, de hacerte acreedor a la multa por no cumplir con el nuevo requisito, también tus cuentas bancarias podrían ser congeladas hasta que aclares la situación ante el SAT, por lo que es un tema que debes tomar en cuenta y de ser necesario, solicitar asesoría profesional para no pagar hasta 2 millones de pesos. 

¿Cuál es la nueva obligación fiscal del SAT?

Esta nueva obligación fiscal es el beneficiario controlador, lo que el SAT define como quien toma las decisiones directas o indirectas de una empresa en la asamblea de accionistas por lo que es dueño de más del 15% del capital. Cuando el fisco requiera algún documento deberá ser entregado dentro de los 15 días posteriores a la solicitud.

También aplica para las personas morales, fiduciarias, fideicomitentes o fideicomisarios, además de las partes contratantes o integrantes de figuras jurídicas, ya que deben tener la información actualizada de sus beneficiarios controladores, esto, según el artículo 32-B Ter del Código Fiscal de la Federación (CFF). 

Por lo anterior, estas personas deben identificarse y proporcionar cierta información al SAT cuando la autoridad lo requiera. De lo contrario, el beneficiario controlador puede ser acreedor a una multa de hasta 2 millones de pesos. Se trata de empresas muy grandes, con ingresos de contribuyentes arriba de 600 millones de pesos.

Cabe destacar que en una sola empresa puede haber más de un beneficiario controlador, por lo que por cada persona que no presente documentación, será una multa diferente.

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