Este próximo lunes se recorrerá el puente oficial del 21 de marzo 2023, esto en conmemoración del Natalicio de Benito Juárez, que de acuerdo con la CNDH nació en este mismo día pero del año 1806 en San Pablo Guelatao, Oaxaca.
Debido a esta importante fecha, en México se celebra como un día festivo y es de manera oficial un descanso laboral en todas las empresas privadas y del sector público en el país. Sin embargo, ¿qué sucede con los empleados que deberán laborar este día? ¿su pago será doble?
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El día de hoy en Heraldo Binario te damos a conocer todos los detalles al respecto de qué sucede si trabajar en el puente del 21 de marzo 2023, te decimos si se paga doble o no, así que sigue leyendo y no te pierdas esta información.
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¿Cómo se paga el 21 de marzo si se trabaja?
De acuerdo con la información oficial de la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet), señala que cuando el trabajador labore los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio del 2023?
De acuerdo con el calendario oficial de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), estas son las fechas de descanso oficial que deberán pagarse doble si se laboran:
- El 1o. de enero;
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- El 1o. de mayo;
- El 16 de septiembre;
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
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