Aunque el aniversario de la Constitución Mexicana de 1917 es este domingo 5 de febrero, el lunes 6 se considera como día feriado. Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido por la ley del trabajo, no deberías laborar. Sin embargo, en caso de que lo hagas, aquí te decimos cuál es el monto que debe pagarte tu empresa o patrón por acudir a trabajar ese día.
Lo primero que debes recordar que, en México los días feriados son de descanso obligatorio, por lo que no se debe acudir a los lugares de trabajo. Sin embargo, la ley determina que, si se labora, la empresa debe pagar extra. En caso de que la fecha sea en domingo, el sueldo es normal, no obstante, el patrón o la empresa deberá abonarte la prima dominical.
Días de descanso obligatorio en México
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, establece los siguientes días como descanso obligatorio para los trabajadores.
- El 1 de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- El 1 de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- El 25 de diciembre
El 5 de febrero se conmemora el aniversario del Día de la Constitución Mexicana, la cual fue publicada en 1917 para sustituir la de 1857 y que sigue rigiendo a la nación hasta el día de hoy. Al caer en domingo, la Ley Federal del Trabajo establece el puente obligatorio el lunes 6, el cual abarcará desde el sábado 4. Las labores se reanudarán hasta el martes 7 del mismo mes.
¿Qué pasa si trabajo el 5 y 6 de febrero?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, las personas que acudan a laborar en un día de descanso obligatorio deberán recibir, además del salario normal que les corresponde por día, un pago doble por el servicio prestado.
Por ejemplo, si un trabajador gana 100 pesos diarios, se le pagará esa cantidad, pero recibirá 200 pesos adicionales, para dar un total de 300 pesos.
En caso de que trabajes el domingo 5 de febrero, la situación podría ser más benéfica económicamente, ya que, la empresa o patrón deberá pagarte la prima dominical”, que equivale al 25% adicional al sueldo diario.
¿Qué es la prima dominical?
Las personas que trabajan los domingos y descansan entre semana, deben saber que el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo contempla un pago adicional para el trabajador que labore ese día el cual se llama prima dominical. Es decir que los empleados recibirán el triple del salario.
Por poner un ejemplo, en caso de que una persona tenga un salario diario de mil pesos, pero trabaja un domingo, entonces deberá recibir el 25% extra a su día de sueldo, mismo que significaría un monto de 250 pesos adicionales.
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