La Ley Federal del Trabajo estaría muy cerca de cambiar o modificar diversas estipulaciones respecto al campo o área de las enfermedades laborales y lista de incapacidades consideradas hasta ahora.
Y es que por medio de una iniciativa de reforma, impulsada por el presidente de México Andrés Manuel López Obrador, la cual fue enviada a la Cámara de Diputados y que pretende modificar los artículos 513, 514 y 515, se buscaría actualizar y amplificar la tabla de enfermedades laborales en 2023.
Te podría interesar
De igual manera, esta modificación busca “cubrir” a los trabajadores bajo el amparo de la ley en caso de padecer algunas de las enfermedades estipuladas y las nuevas propuestas.
¿De qué trata la iniciativa sobre la Ley Federal del Trabajo?
La nueva reforma, como mencionamos anteriormente, buscaría aumentar, principalmente, de 21 a 41 enfermedades en el grupo de patologías infecciosas y parasitarias. Cabe destacar que dentro de esta iniciativa, se busca que el Covid-19 sea considerada como enfermedad dentro de este grupo.
De igual manera, se busca el reconocimiento de diversos padecimientos por trastornos como ansiedad, trastornos no orgánicos del ciclo de sueño-vigilia, estrés, grave adaptación y depresión.
Otros puntos importantes dentro de la iniciativa son:
- Considerar a enfermedades producidas por radiaciones ionizantes y electromagnéticas.
- Aumentar de 4 a 30 padecimiento de diversos tipos de cáncer.
- Agrupar enfermedades producidas por aspirar polvos y humos de origen animal, vegetal o monera así como padecimientos de las vías respiratorias producidas por gases y vapores.
- Aumentar de 35 a 46 las enfermedades derivadas de intoxicaciones.
- Incrementar de 10 a 14 las enfermedades provenientes de factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo así como reagruparse en la sección del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo.
- Protección a mujeres que han padecido abortos repetitivos, infertilidad o endometriosis.
En torno a las lesiones, se busca aumentar de 409 a 524 los accidentes de este tipo. De igual manera, y de acuerdo con los siguientes tipos de pérdida o disminución de la capacidad física del trabajador, se otorgará una pensión adicional:
- Parálisis
- Secuelas de fracturas
- Pseudoartrosis
- Anquilosis
- Rigideces articulares
- Luxaciones que no se pueden resolver
- Trastornos funcionales de los dedos.
- Cicatrices retráctiles que no se pueden resolver.
Otros puntos o tratados dentro de la nueva reforma a la Ley Federal del Trabajo son:
- Revisar la tabla de enfermedades y lesiones laborales cada 5 años.
- La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá la responsabilidad de actualizar las enfermedades laborales y evaluación para incapacidades.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.