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SAT 2023: ¿me pueden meter a la cárcel por no presentar mi Declaración Anual 2022?

¿Problemas para presentar tu Declaración Anual ante el SAT? Aquí te decimos si esto puede acarrear complicaciones o incluso enviarte a la cárcel.

SAT. Estas serían las sanciones por no presentar tu Declaración Anual.
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Como cada año, la Declaración Anual está a punto de iniciar. Y es que a menos que este sea tu primer año presentando tu ejercicio fiscal, este proceso se ha convertido en uno de los trámites más importantes en la vida de todo contribuyente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Por lo anterior, y debido a lo trascendente de este proceso, todo aquel contribuyente que no realice su pago de impuestos o presente su ejercicio fiscal puede tener diversas consecuencias, sanciones o castigos por parte de las autoridades tributarias. 

Pero, ¿hasta qué grado pueden llegar estas sanciones? ¿puedo ir a la cárcel si no presento mi Declaración Anual

¿Puedo ir a la cárcel si no presento mi ejercicio fiscal? 

Aunque pudieras pensar que no presentar tu Declaración Anual 2022 es un pequeño descuido que no tiene consecuencias graves, lo cierto es que el Código Fiscal de la Federación, el máximo regulador tributario de la nación, marca una serie de sanciones de acuerdo el tipo de falta. 

En el caso de que un contribuyente no haya realizado su Declaración Anual en el tiempo señalado, estas serían las sanciones: 

  • Una multa de 1,560 pesos hasta los 38,700 pesos 
  • Antecedente negativo ante el SAT 

Ahora bien, toda persona que “sea responsable por omitir presentar por más de 12 meses las declaraciones que ganen un carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente”, serán acusadas del delito de defraudación fiscal. 

Sin embargo, es importante dejar en claro que la pena de cárcel se aplicará a aquellos contribuyentes en donde se compruebe que sus ingresos o recursos provienen de operaciones con recursos de procedencia ilícita. 

Por ello, estas son las penas que la ley establece para este tipo de contribuyentes: 

  • De 3 meses a 2 años de cárcel cuando el monto de lo defraudado no supere el 1,932,330 pesos. 
  • De 2 años a 5 años de cárcel cuando el monto de lo defraudado supere el 1,932,330 pesos pero no rebase los 2,898,490 pesos. 
  • De 3 años a 9  años de cárcel cuando el monto de lo defraudado supere los 2,898,490 pesos. 

Recuerda que en el caso de que seas una persona moral, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 del mismo mes, deberás presentar tu ejercicio fiscal correspondiente al 2022. En tanto, si eres una persona física, deberás hacerlo desde el día 1 hasta el 30 de abril. 

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