Todos los trabajadores que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen derecho a recibir una pensión en el momento de jubilarse, pero ¿qué pasa con las personas que finalizaron su relación laboral con la empresa? El instituto cuenta con varias opciones como la modalidad 40, para que los afectados puedan seguir manteniendo la vigencia de sus derechos a través del pago de aportaciones voluntarias y así tener una pensión durante su vejez.
Con la modalidad 40 del IMSS, las personas podrán recibir hasta 50 mil pesos de pensión mensual al llegar el momento en que se jubilen. Para ello deberán inscribirse a la continuación voluntaria al régimen obligatorio. Los trabajadores que se den de alta en este programa tendrán que realizar sus aportaciones monetarias mes a mes para recibir una jubilación digna al llegar a la tercera edad.
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La modalidad 40 del IMSS le da la oportunidad a los trabajadores de elegir la cantidad de dinero que quieran abonar, siempre y cuando el monto no sea el límite superior de 25 veces el salario mínimo. Este programa lo pueden realizar las personas aseguradas que han sido dadas de baja en el régimen obligatorio pero que quieren tener una pensión mensual al momento de llegar a la tercera edad y jubilarse.
No obstante, ten en cuenta que esta opción de la modalidad 40 del IMSS únicamente puede ser solicitado por los trabajadores que forman parte del régimen de 1973, mismo que aplica para las personas que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. A continuación, te detallamos cómo puedes darte de alta a este programa, ya sea en línea o de manera presencial, así como los requisitos a cumplir.
¿Cómo me doy de alta en el programa de modalidad 40 del IMSS? | REQUISITOS
El trámite de la modalidad 40 del IMSS lo puedes realizar, ya sea de manera digital o bien en forma presencial. Para realizarlo en línea, tendrás que dar clic AQUÍ.
1. Ingresa a la página web del IMSS con el link que te compartimos y busca el trámite "Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio".
2. Una vez que encontraste y elegiste ese trámite, captura tu CURP e ingresa un correo electrónico.
La documentación que te solicitará el sistema para darte de alta en la modalidad 40 es tu Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico.
En caso de que quieras darte de alta en la modalidad 40 de manera presencial, deberás seguir el siguiente paso a paso que te detallamos a continuación:
1. Deberás acudir a la ventanilla de la Subdelegación que te quede más cerca, en un horario de 08:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes, en días hábiles, para presentar un escrito libre con tu solicitud de inscripción y firma, así como la documentación requerida.
2. Realiza el pago correspondiente.
3. Una vez que hayas realizado el pago en el banco asignado o en línea, el sistema lo registrará.
Los documentos que te solicitarán para completar el trámite de la modalidad 40 de manera presencial son: la Clave Única de Registro de la Población (CURP), Número de Seguridad Social (NSS), correo electrónico, Identificación oficial vigente, en original y copia, así como un escrito libre en donde solicites la continuación voluntaria al régimen obligatorio, con tu firma o huella digital, en original y copia y un comprobante de domicilio, también en original y copia.
De acuerdo con el IMSS, los asegurados que no paguen sus cuotas en tiempo y forma, o que hayan sido dados de baja por mora y quieran volver a contratar la Modalidad 40, tendrán que pagar las cuotas retroactivamente con los recargos correspondientes.
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