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¿Qué pasa con una cuenta de banco si el titular fallece? Aquí te explicamos

Para acceder a los recursos es necesario cubrir ciertos requisitos ante el banco para que nos permitan acceder al saldo de la misma !Toma nota!

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Si el titular de una cuenta bancaria fallece, para que un familiar pueda tener acceso a los recursos, es necesario que la persona sea beneficiaria o heredero legalmente. Aquí te explicamos los pasos que necesitas seguir para que la institución financiera te de acceso a los recursos.

Los beneficiarios deben estar asentados en el testamento o designados por el titular de la cuenta en el contrato que firma con el banco al momento de abrirla. Si ese no es el caso, los únicos que pueden hacer algún movimiento o retiro de la cuenta, puede ser un descendiente directo.

Para saber si eres beneficiario la primera opción es buscar en los contratos de cuentas bancarias, en caso de no encontrarlo tienes una segunda opción. Para ello, la Condusef pone a disposición del público la Búsqueda de Beneficiarios de Cuentas de Depósito (BCD), el cual permite saber si tienes derecho de cobrar el dinero que dejó tu familiar.

¿Qué debo hacer para reclamar una cuenta de banco de un fallecido?

Una vez que se compruebe plenamente que el titular de la cuenta ha fallecido, el beneficiario puede acudir al banco para que se inicien los trámites para la entrega de las cantidades correspondientes.

  • El primer paso es presentar al banco varios documentos como el certificado de defunción, el registro de actos de última voluntad; y una copia autorizada del testamento.
  • De igual forma se debe justificar el derecho a la adjudicación de los bienes por medio de un documento emitido por un notario o un documento privado, el cual debe estar firmado por los herederos.
  • También se debe presentar el Impuesto de Sucesiones para reclamar los recursos de la cuenta.

¿Cuándo puede el beneficiario hacer el retiro del dinero?

En el contrato celebrado con el banco, el titular de la cuenta establece los porcentajes que serán entregados a cada una de las personas que designó como beneficiarios

Después de cumplir con todos estos requisitos el o los beneficiarios podrán retirar los fondos o pasarlos a otra cuenta personal. Lo más recomendable es cancelar la cuenta del fallecido para evitar el cobro de alguna comisión.

De acuerdo al artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito, en caso que el titular de la cuenta no designe beneficiarios, estos se entregarán en los términos de la legislación. Lo que significa que se entregará según el juicio de sucesión legítima.

Esto significa que un juez determinará quiénes tienen más derecho a recibir el dinero de acuerdo si existe un cónyuge, descendencia, ascendencia y familia hasta en cuarto grado, siendo la familia directa la prioritaria para recibir el dinero.

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